¿Qué es?
Las elecciones autonómicas son los comicios donde los ciudadanos de cada comunidad autónoma de España eligen a los miembros de los diferentes parlamentos autonómicos.
Cada cámara autonómica tiene un número determinado de miembros y su denominación en cada comunidad está fijada por los respectivos estatutos de autonomía, reconocidos en la Constitución.
Los diferentes parlamentos autonómicos de España son: Asamblea de Extremadura (65 miembros), Asamblea de Madrid (129), Asamblea Regional de Murcia (45), Cortes de Aragón (67), Cortes de Castilla-La Mancha (33), Cortes de Castilla y León (84), Cortes Valencianas (99), Junta General del Principado de Asturias (45), Parlamento de Andalucía (109), Parlamento de Canarias (60), Parlamento de Cantabria (35), Parlamento de Cataluña (135), Parlamento de Galicia (75), Parlamento de las Islas Baleares (59), Parlamento de La Rioja (33), Parlamento de Navarra (50) y Parlamento Vasco (75).
Los miembros de estas cámaras se encargan, entre otras cosas, de elaborar leyes, controlar el gobierno autonómico y elegir al presidente de la comunidad autónoma. Además, los parlamentos autonómicos cumplen diversas funciones económicas, como aprobar los presupuestos anuales de cada comunidad.
Estatutos de Autonomía
Las competencias propias de cada comunidad autónoma están establecidas en el estatuto de autonomía. Es la norma institucional básica, reconocida en el artículo 147 de la Constitución Española, en la que se recogen la denominación, la delimitación del territorio, la organización y sede de las instituciones propias de cada comunidad y las competencias que pueden asumir.
Además, los estatutos establecen el número de escaños que deben tener cada uno de los parlamentos autonómicos y cuántos escaños corresponden a cada circunscripción.
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Las comunidades autónomas tienen competencia sobre algunas materias como son la educación, la sanidad, el medioambiente o urbanismo. Sin embargo, hay otras áreas que son exclusivas del Estado, como la administración de puertos y aeropuertos.
En el caso de que exista un conflicto entre leyes autonómicas que puedan afectar a otras comunidades o al mismo Estado, será el Tribunal Constitucional quien tendrá la facultad de revisar la adecuación de las leyes, los límites de las competencias y de hacer efectivo el cumplimiento de la Constitución.
Sistema electoral
La circunscripción electoral para las elecciones autonómicas es la provincia, a excepción de las comunidades insulares como Baleares y Canarias, donde son las islas las que sirven como circunscripción; y Asturias, que utiliza tres circunscripciones electorales de territorio inferior a la provincia, y en la que se agrupan los diferentes concejos.
Los miembros de los parlamentos autonómicos se eligen mediante un sistema proporcional de listas cerradas. Esto significa que cada partido político presenta una candidatura única, con un orden determinado de candidatos, y los ciudadanos votan esa candidatura en su conjunto.
El número de escaños que tiene cada parlamento viene determinado en el estatuto autonómico de cada comunidad, así como cuántos escaños corresponden a cada circunscripción. Los parlamentos con más diputados son el de Cataluña (135) y el de la Comunidad de Madrid (129); y los que menos son La Rioja (33) y Castilla-La Mancha (33).
La cifra de escaños que componen cada cámara es "una decisión política que requiere de una aprobación en el seno del propio parlamento, por lo que en ocasiones la distribución de las fuerzas políticas condiciona estas decisiones", según apunta la experta en Ciencia Política y de la Administración y profesora de la UNED, Irene Delgado.
"Las propuestas de cambios pueden venir apoyadas en criterios de aseguramiento de la proporcionalidad (relación votos-escaños de los partidos políticos), o bien por cuestiones de igualdad (distribución de la población en los distritos)", añade Delgado.
Para que las candidaturas en cada circunscripción sean validas deben haber obtenido al menos el 3% de los votos. Estas barreras electorales varían entre el 3 y el 6% dependiendo de la región y pueden aplicarse al total de la comunidad o al de la circunscripción.
Ley del Régimen Electoral Central
Las elecciones autonómicas están reguladas por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 1985, que es de aplicación directa y obligada en los comicios de cada comunidad autónoma. A su vez, cada comunidad cuenta con una ley electoral autonómica propia, a excepción de Cataluña.
El objetivo de la LOREG es que las decisiones políticas en las que se refleja el derecho de sufragio se realicen en plena libertad, y establece las bases del mecanismo para el proceso electoral en todo lo relacionado con la convocatoria, la votación, el escrutinio o la propaganda electoral.
¿Quién puede presentarse?
Todos los españoles mayores de edad pueden presentarse como candidatos y ejercer su derecho al sufragio pasivo. No obstante, la legislación electoral impide presentarse como candidatos a las elecciones a quienes ostenten cargos en el Tribunal Constitucional; miembros de la Familia Real; defensores del pueblo y adjuntos; el fiscal general del Estado; presidentes, vocales y secretarios de las Juntas Electorales; delegados de Gobierno en las Comunidades Autónomas; o altos cargos de la Corporación de Radio Televisión Española.
Además, tampoco podrán presentarse los que estén condenados por sentencia firme, en el periodo que dure la pena, y los condenados por delitos de rebelión, terrorismo, y contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la pena haya establecido la inhabilitación o suspensión para empleo o cargo público.
¿Quién puede votar?
Pueden votar todos los españoles mayores de edad inscritos en el censo electoral de la comunidad autónoma correspondiente, se encuentren o no en el territorio español. La única excepción es la de los condenados por sentencia firme, en la que la pena prive al individuo del derecho de sufragio durante el tiempo de su cumplimiento.
Los extranjeros que viven en España no podrán votar en los próximos comicios en los que se eligen a los parlamentarios autonómicos a excepción de los que hayan adquirido la nacionalidad en los periodos contemplados en el censo electoral.
Hasta hace unos meses, tampoco se les permitía votar a las personas con discapacidad intelectual. Con la modificación de la ley, estas personas ya pueden ejercer su derecho a sufragio.
¿Cada cuánto se celebran?
Las elecciones autonómicas se celebran cada cuatro años y son convocadas por los presidentes de las distintas comunidades autónomas, quienes tienen -en algunas regiones- la facultad de convocar elecciones de forma anticipada.
Así pues, la elecciones autonómicas se celebran 54 días después de la publicación de su convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y en el boletín oficial de la correspondiente comunidad autónoma.
En el caso de las comunidades autónomas cuyos presidentes autonómicos sí tienen atribuida la facultada de disolución anticipada del parlamento, las elecciones autonómicas se celebran de forma ordinaria cuatro años después de las anteriores, pero no en una fecha fija. Estas comunidades son: Andalucía, Cataluña, Galicia y el País Vasco.
En el caso de las comunidades autónomas cuyos presidentes autonómicos no tienen atribuida la facultad de disolución anticipada del parlamento, las elecciones autonómicas se celebran siempre el cuarto domingo de mayo cada cuatro años, coincidiendo con las elecciones municipales. Cuando coinciden con las elecciones europeas en el mismo año, se modifica la fecha de celebración de las elecciones autonómicas y municipales para celebrarlas el mismo día que las europeas, como sucede este 2019.
Histórico
Las elecciones en Andalucía se celebraron en 1982, 1986, 1990, 1994, 1996, 200, 2004, 2008, 2012, 2015 y 2018; las de Aragón en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011 y 2015; las de Asturias en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2012, 2015 y 2019; las de Baleares en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019.
Los comicios en Canarias tuvieron lugar en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015, 2019; los de Castilla-La Mancha en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2015 y 2019; los de Castilla y León en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019; los de Cantabria en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019.
Las elecciones autonómicas en Cataluña se celebraron en 1980, 1984, 1988, 1992, 1995, 1999, 2003, 2006, 2010, 2012, 2015 y 2017; las de la Comunidad Valenciana en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019; las de Extremadura en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019; las de Galicia en 1981, 1985, 1989, 1993, 1997, 2001, 2005, 2009, 2012 y 2016.
En La Rioja se celebraron en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019; las de Madrid en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019; las de Murcia en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019; las de Navarra en 1983, 1987, 1991, 1995, 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019; y las de País Vasco en 1980, 1984, 1986, 1990, 1994, 1998, 2001, 2005, 2009, 2012 y 2016.