Con el fin de la campaña llega la jornada de reflexión, que tiene lugar siempre el día previo a unas elecciones como las de Euskadi, convocadas para este domingo 21 de abril. Si bien este día sirve para, como dice su nombre, reflexionar sobre a quién otorgar el voto, a los candidatos a lehendakari les sirve para descansar y relajarse en la víspera de un día duro, pero a la mayor parte de los votantes también les vale para recopilar todo lo que necesitan, entre documentación e información, para acudir a las urnas el día después.

Y lo cierto es que tanto a los electores nuevos como a los veteranos les surgen en cada convocatoria electoral las mismas dudas: el horario para votar, cómo funcionan el voto en blanco o el voto nulo... pero también la documentación necesaria para ejercer el derecho a voto. ¿Por qué? Porque al llegar a la mesa electoral es imprescindible identificarse ante los integrantes de la mesa y que puedan comprobar que cada votante está incluido en el censo electoral y le corresponde votar, efectivamente, en esa mesa.

Y no vale con que el presidente de la mesa conozca al votante, sino que hay que presentar documentación identificativa acreditada. Es decir, no vale tampoco el carnet del gimnasio o el abono transporte. Según la legislación, existen varios documentos que sirven para identificarse ante la mesa electoral:

  • DNI con fotografía
  • Pasaporte con fotografía
  • Carnet de conducir con fotografía
  • El carnet de conducir también es válido mediante la aplicación miDGT

¿Pero qué ocurre si a última hora el votante se da cuenta de que su DNI está caducado? ¿O que no encuentra el DNI en vigor pero tiene a mano uno caducado? No pasa nada. La legislación permite identificarse ante la mesa electoral con un documento nacional de identidad expirado, sin problema, siempre y cuando sea original y contenga la fotografía que pueda confirmar la identidad del elector. Eso sí, en ningún caso se aceptan fotocopias del DNI para poder votar; puede estar caducado, pero ha de ser el DNI original.

Cómo saber en qué mesa electoral te toca votar

Otra cosa importantes que el DNI lo has de llevar a la mesa electoral que te corresponda. Porque no, no se puede votar en cualquier colegio, sólo se tiene derecho a voto en una mesa electoral específica de un centro habilitado para la votación. Para esto existe el censo electoral. Toda la información censal es remitida a cada uno de los votantes por correo ordinario, por lo que a la casa de cada elector le habrá tenido que llegar una tarjeta censal con sus datos personales y también con la mesa electoral en la que le corresponde votar. Sin embargo, estos datos pueden consultarse en otros lugares.

De manera general, puede consultarse en qué mesa electoral toca votar acudiendo a la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE), que tiene habilitado un servicio para consultar la inscripción en el censo electoral. Eso sí, para poder acceder es necesario estar registrado en el sistema Cl@ve o tener un certificado digital instalado en el dispositivo para poder acceder a esta información:

No obstante, algunos ayuntamientos también permiten consultar el censo electoral y la mesa electoral en la que a cada votante le corresponde votar en las páginas web de sus consistorios. Entre ellas, además, hay algunas que permiten confirmar si el votante en cuestión ha sido nombrado para formar parte de la mesa electoral.