Queda menos de dos semanas para que se celebren las elecciones autonómicas en Galicia el próximo 18 de febrero y el electorado que no pueda acudir a las urnas en persona tiene la opción de ejercer su derecho a voto por correo. No obstante, existen unos plazos con los que cumplir para que el electorado pueda depositar su papeleta y que sea contabilizado.
El plazo para solicitar el voto por correo se abrió el pasado 26 de diciembre y el 29 de febrero, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Galicia empezaron a enviar la documentación electoral a las personas que ya han solicitado las papeletas. Sin embargo, el 8 de febrero es la fecha límite para solicitar el certificado de inscripción en el Censo Electoral de Galicia.
Cómo solicitar el voto por correo
Los ciudadanos que quieran votar por correo en las elecciones autonómicas al Parlamento de Galicia pueden solicitar el voto vía telemática en www.correos.es o en cualquier oficina de Correos de España, el certificado de su inscripción en el Censo Electoral. Cabe señalar que la obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.
Cómo y hasta cuándo depositar el voto
El solicitante tiene de plazo hasta el 15 de febrero, jueves, para depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de Correos en toda España, en su horario de apertura, según el acuerdo de ampliación de plazo adoptado por la Junta Electoral Central que ha tenido en cuenta que los días 12 y 13 de febrero son festivos locales en numerosas localidades de Galicia y del resto de España por la celebración de los carnavales. En este sentido, Correos abre sus oficinas en Galicia de lunes a viernes con un horario de 8:30 a 20:30 horas, pero siempre conviene consultar las horas de apertura de la oficina concreta en caso de cualquier variación.
Tanto en la solicitud online como en la presencial se habrá indicado la dirección donde se vaya a estar en el periodo en el que las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Galicia envíen la documentación necesaria para votar y no tiene por qué ser el domicilio habitual. Además, se puede solicitar que se reenvíe la documentación a otra dirección o a otra oficina de Correos. En cualquier caso, es importante que el elector tenga en cuenta que deberá solicitar dicha reexpedición con tiempo suficiente para que Correos pueda hacerle llegar su documentación a la nueva dirección.
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El cartero o cartera de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a la oficina más cercana en caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano.
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