NUEVA LEY DE TRÁFICO

¿Pueden circular los ciclistas por los arcenes de autopistas y autovías?

La Ley prohíbe la circulación de bicicletas en autopistas y autovías, aunque recoge algunas excepciones.

Ciclista por el arcén

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Los ciclistas han ido incrementando su presencia en la circulación en los últimos años, especialmente desde la llegada de las primeras restricciones a los vehículos particulares en las ciudades. Por ello, en el código de circulación son cada vez más frecuentas las menciones a este grupo, con el fin de garantizar su seguridad y la del resto.

La última reforma de la Ley de Tráfico, datada en el pasado 21 de marzo, recoge la prohibición de circular por autopistas y autovías a los vehículos de tracción animal, personas con movilidad reducida, ciclomotores y bicicletas. No obstante, en el caso de estas últimas, añade una exención: “Los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente”. Con esta enmienda se acaba con el veto que sufrían los ciclistas por Ley con carácter general.

Relación vehículo-ciclista

Sin embargo, las normas para su circulación, como era de esperar, son muy estrictas. Solo podrán hacerlo por el arcén, siempre y cuando sean mayores de 14 años. En el caso de las carreteras secundarias, si no hay arcén, podrán circular en la zona más próxima al lado derecho de la carretera. En paralelo, tan solo podrán situarse dos ciclistas siempre y cuando haya una buena visibilidad, y ambos deberán llevar casco. ¿La excepción? No es necesario, aunque la DGT recomienda su uso, en vías urbanas para mayores de 16 años.

Respecto al resto de vehículos, si se quiere adelantar a un ciclista se deberá mantener 1,5 metros de distancia, pudiendo rebasar la línea continua en caso de haberla. Mientras que si se llega a una glorieta, son los ciclistas, al ser considerados como una unidad móvil, los que tienen prioridad sobre los vehículos si alcanzan antes el cruce.

Tal y como sucede con los vehículos, las bicicletas deberán usar una luz delantera y un reflectante trasero cuando no haya luz. De igual modo será obligatorio el uso de un chaleco reflectante cuando sea de noche o se encuentre en una situación de escasa visibilidad.

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