Centímetros Cúbicos» Movilidad

Una duda que asalta a muchos ciclistas

¿Me pueden quitar puntos del carnet si recibo una multa en bicicleta?

El uso de la bicicleta ha ganado mucho peso en los últimos años, siendo una de las principales alternativas de movilidad al coche privado

Ciclistas circulando por las calles

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La bicicleta lleva mucho tiempo representando uno de los medios de transporte más populares y ecológicos de todos cuantos disponemos, aunque es cierto que en los últimos años su popularidad se ha multiplicado, especialmente en las grandes ciudades, donde cada día cientos de personas deciden aparcar su coche privado para usar la bicicleta en sus trayectos rutinarios.

Al igual que otros vehículos que circulan por la vía pública, el uso de la bicicleta está sujeto a una serie de normas de obligado cumplimiento. De lo contrario, podremos ser sancionados de manera similar a lo que le puede ocurrir al conductor de un coche o de una moto. Así, las normas más comunes para los ciclistas son:

  • Respeto de las señales viales y de las indicaciones de los agentes de la autoridad
  • Prohibición de uso de la bicicleta tras haber consumido alcohol y/o drogas
  • Prohibición de uso de sistemas receptores o emisores de sonido y voz mientras se utiliza la bicicleta

De esta manera, si se incumple alguna norma y se es detectado por un agente de la autoridad, lo más normal es que "nos empapelen" y terminemos con una merecida multa de tráfico. Estas multas tienen el importe equivalente al de las multas de tráfico en caso de estar circulando con un coche, pero su aplicación no es exactamente la misma. ¿A qué nos estamos refiriendo?

¿Puede la DGT quitarme puntos por infracciones con la bicicleta?

Aunque muchos usuarios piensen lo contrario, la respuesta a esta pregunta es sencilla: no, la DGT no tiene potestad para detraer puntos de tu carnet de conducir en caso de que te impongan una multa de tráfico a lomos de tu bicicleta. Esta afirmación queda refrendada si consultamos el Reglamento General de Circulación, concretamente su artículo 65:

"La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produzca con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija permiso o licencia de conducción". Como de momento no se necesita ningún permiso o licencia específica para el uso de la bicicleta en vía pública, no se nos pueden detraer puntos del carnet de conducir si las infracciones son cometidas a bordo de una bicicleta.

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