COLECTIVO VULNERABLE
Así protege la Ley de Tráfico a los ciclistas: nuevas normas… y nuevas multas
La Dirección General de Tráfico (DGT) busca con estos cambios brindar más protección a los usuarios vulnerables de la vía.
Publicidad
Uno de los objetivos que la Dirección General de Tráfico (DGT) persigue con la nueva Ley de Tráfico es brindar más protección a los usuarios vulnerables de la vía. Ejemplo de ello, son los ciclistas que desde el pasado 21 de marzo podrán circular con mayor seguridad porque se sancionará más duramente a aquellos que les pongan en peligro: estas son las nuevas normas… y las nuevas multas.
Es el Artículo 35.4 de la Ley de Tráfico donde se centran las principales novedades. En este apartado se establecen los preceptos que regulan la maniobra de adelantamiento a los ciclistas: tras los cambios hay normas que se mantienen y otras que se modifican en pos de una mayor seguridad para las bicicletas.
Carreteras con más de un carril por sentido
El gran cambio tiene lugar en las carreteras que tienen más de un carril por sentido. Hasta ahora, las autoridades recomendaban a los vehículos cambiarse de carril para adelantar a una bicicleta: ahora es obligatorio. Aquellos conductores que no cumplan la norma estarán cometiendo una infracción grave castigada con una multa de 200 euros, según lo estipulado en el Artículo 76.c de la Ley de Seguridad Vial.
Carreteras con un carril por sentido
La maniobra en las carreteras con un único carril para cada sentido no cambia: los vehículos siguen estando obligados a dejar, como mínimo, una distancia lateral de 1,5 metros para adelantar a una bicicleta o a un pelotón de ciclistas. Lo que sí es diferente es la sanción por no cumplir con lo establecido: ahora esta infracción supone una pérdida de 6 puntos en lugar de 4. La cuantía económica tampoco cambia: 200 euros.
La misma cantidad se aplica a otra norma que tampoco ha sufrido variaciones: adelantar sin poner en peligro o sin entorpecer a los ciclistas que circulan en sentido contrario.
Carriles-bici
Seguimos con más novedades. Con la nueva Ley de Tráfico, el resto de vehículos tiene prohibido parar o estacionar en un carril-bici o en una vía específica para bicicletas. Esta maniobra pasa a estar incluida dentro de las infracciones castigadas con una sanción de 200 euros.
Cómo circular
Otro de los cambios lo encontramos en el Artículo 15 de la Ley de Tráfico: “Como norma general y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, el vehículo circulará en todas las vías objeto de esta ley por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada, con las excepciones que reglamentariamente se determinen, manteniendo en todo caso la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad”.
La nueva norma ha añadido el matiz “con las excepciones que reglamentariamente se determinen” pensando en la próxima reforma del Reglamento General de Circulación en la que está previsto cambiar la circulación de las bicicletas por la ciudad. La actual normativa les obliga a hacerlo por el lateral derecho de la calzada, pero teniendo en cuenta los peligros que ello implica el objetivo es cambiar la regulación para permitirles moverse por el centro.
Uso del móvil y tasa cero de alcohol
Y terminamos con las nuevas obligaciones que atañen a los ciclistas. Igual que el resto de los conductores no podrán manipular el teléfono con la mano mientras estén circulando con su bicicleta: tampoco podrán pedalear llevándolo entre el casco y la cabeza o con auriculares. En cualquier caso se tratará de una infracción grave cuya multa, como ya sabemos, asciende a 200 euros. Por último, los ciclistas menores de tendrá que respetar, obligatoriamente, la tasa cero de alcohol.
También te puede interesar: La multa de 200€ que sólo afecta a los ciclistas
Publicidad