TODAS LAS SANCIONES Y RETIRADAS DE PUNTOS
Así quedan las multas de la DGT por exceso de velocidad en 2024
El exceso de velocidad sigue siendo uno de los principales comportamientos sancionables en las carreteras españolas. Dependiendo del exceso de velocidad cometido es posible que, siendo detectados, las multas comiencen en 100 euros y puedan llegar incluso a penas de cárcel.
Publicidad
En nuestras carreteras se cometen cada año millones de infracciones. Las hay de todo tipo, aunque entre las más habituales se encuentran las infracciones de tipo administrativo (por circular con la ITV caducada o sin una póliza de seguros en vigor) o las de comportamiento del conductor, es decir, aquellas que por ejemplo hacen referencia al consumo de alcohol y drogas al volante o al exceso de velocidad durante la circulación.
Esta última, el exceso de velocidad, es la infracción más común y a la vez una de las principales causas de mortalidad en la carretera. En los últimos años los límites de velocidad han cambiado de manera sustancial, siempre en favor de una circulación más tranquila y un mayor nivel de protección tanto para los ocupantes de los vehículos como para el resto de usuarios de la vía: desde peatones hasta motoristas, pasando por ciclistas o conductores de vehículos pesados.
Las sanciones por exceso de velocidad se pueden calificar de dos tipos: graves o muy graves. No todas llevan aparejada la retirada de puntos del carnet de conducir, pero en cualquier caso las sanciones económicas arrancan en los 100 euros y la retirada de puntos mínima se fija en los 2 puntos, pudiendo llegar a multas superiores a los 1000 euros y la retirada directa del permiso de conducir en caso de sanciones que, por su extrema gravedad, ya puedan calificarse como delito.
Las multas de tráfico en 2024
Multa de 100 euros sin retirada de puntos. Sanción grave, según la velocidad máxima permitida en la vía y a la que circula el conductor:
- 20 km/h: entre 21 y 40 km/h.
- 30 km/h: de 31 a 50 km/h.
- 40 km/h: de 41 a 60 km/h.
- 50 km/h: de 51 a 70 km/h.
- 60 km/h: de 61 a 90 km/h.
- 70 km/h: de 71 a 100 km/h.
- 80 km/h: de 81 a 110 km/h.
- 90 km/h: de 91 a 120 km/h.
- 100 km/h: de 101 a 130 km/h.
- 120 km/h: de 121 a 150 km/h.
- 20 km/h: entre 41 y 50 km/h.
- 30 km/h: de 51 a 60.
- 40 km/h: de 61 a 70.
- 50 km/h: de 71 a 80.
- 60 km/h: de 91 a 110.
- 70 km/h: de 101 a 120.
- 80 km/h: de 111 a 130.
- 90 km/h: de 121 a 140.
- 100 km/h: de 131 a 150.
- 120 km/h: de 151 a 170 km/h.
Multa de 400 euros y 4 puntos menos. Sanción de tipo "grave".
- 20 km/h: entre 51 y 60 km/h.
- 30 km/h: de 61 a 70.
- 40 km/h: de 71 a 80.
- 50 km/h: de 81 a 90.
- 60 km/h: de 111 a 120.
- 70 km/h: de 121 a 130.
- 80 km/h: de 131 a 140.
- 90 km/h: de 141 a 150.
- 100 km/h: de 151 a 170.
- 120 km/h: de 171 a 180 km/h.
Multa de 500 euros y 6 puntos del carnet. Calificada como "sanción grave".
- 20 km/h: de 61 a 70 km/h.
- 30 km/h: de 71 a 80.
- 40 km/h: de 81 a 90.
- 50 km/h: de 91 a 100.
- 60 km/h: de 121 a 130.
- 70 km/h: de 131 a 140.
- 80 km/h: de 141 a 150.
- 90 km/h: de 151 a 160.
- 100 km/h: de 161 a 170.
- 120 km/h: de 181 a 190 km/h.
Las multas de 600 euros en adelante y retirada de como mínimo 6 puntos del carnet son las de tipo "muy grave", siendo aquellas cuya detección de velocidad supera los límites de las sanciones de 500 euros.
Publicidad