Llega el día de las multas a Madrid Central: sábado 16 de marzo
Atención: desde el 16 de marzo Madrid Central empieza a multar
Madrid Central dice adiós al período de gracia y comienza a multar a los conductores que circulen sin autorización.
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Ya es una realidad. El día ha llegado, y tras varios meses de periodo de adaptación, Madrid Central, el Área de Prioridad Residencial más grande de la capital española, comienza mañana 16 de marzo a multar a los conductores que no cumplan las normas. Finaliza así el periodo de gracia dado por las autoridades para que los usuarios se adaptasen a la puesta en funcionamiento de esta gran "burbuja" en el centro de Madrid.
![Aviso Madrid Central Aviso Madrid Central](https://fotografias.lasexta.com/clipping/cmsimages01/2019/03/15/DF7588FE-7FA8-41A3-BE93-FE88EE45E965/58.jpg?crop=1118,634,x137,y0&width=1000&height=567&optimize=high&format=webply)
Recordemos, Madrid Central es una APR de 472 hectáreas que agrupa las cuatro áreas de prioridad residencial que había hasta la fecha (Letras, Cortes, Embajadores y Ópera) añadiendo además los barrios de Justicia y Universidad. Madrid Central comenzó a funcionar el pasado 30 de noviembre, aunque lo hizo en fase de pruebas, sin multas para los conductores que circulasen por Madrid Central sin autorización.
![Etiqueta B DGT Etiqueta B DGT](https://fotografias.lasexta.com/clipping/cmsimages01/2019/03/14/31DEF48C-BAD1-4A26-9A7D-593A6F10E990/58.jpg?crop=617,350,x0,y0&width=1000&height=567&optimize=high&format=webply)
¿Qué vehículos pueden circular por el interior de Madrid Central sin temor a multas?
Los vehículos que siempre podrán acceder serán aquellos pertenecientes a personas residentes (aunque sólo dentro de su barrio) o aquellos vehículos cuyos titulares tengan una plaza de garaje dentro de la APR, así como los taxis y los vehículos VTC. Además, los vehículos ECO y CERO podrán acceder de forma permanente, sin restricciones, aunque no sean residentes. Por supuesto, vehículos de emergencias o vehículos con autorizaciones especiales también podrán hacerlo.
¿Cuáles son los vehículos que no tienen autorizado el acceso? ¿A qué multas se enfrentan?
No podrán acceder a Madrid Central todo vehículo que no cuente con etiqueta ambiental -es decir, los vehículos de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores al año 2006- a no ser que sean residentes. Los vehículos privados con etiqueta B y C sólo podrán acceder si su destino es un aparcamiento público. Los residentes contarán con invitaciones que podrán dar a vehículos "ajenos" para que puedan acceder. Las multas por acceder sin autorización ascienden a 90€, que con pronto pago podrán quedarse en 45€.
![Madrid Central Madrid Central](https://fotografias.lasexta.com/clipping/cmsimages01/2018/08/31/1EED45EE-5FEB-45E1-AA01-5ADE2FFBD2E4/58.jpg?crop=1029,583,x0,y147&width=1000&height=567&optimize=high&format=webply)
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