NUNCA LO HAGAS
Aviso de la Guardia Civil: hasta 6 años de prisión a conductores que cometan esta habitual infracción
Con esta infracción, desgraciadamente aún bastante común entre los conductores, te expones a una multa importante e incluso hasta 6 años de cárcel. ¡No lo hagas!
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Los conductores saben que hay ciertos límites que no deben sobrepasar cuando van al volante, pues se trata de acciones constitutivas de delito. El exceso de velocidad, conducir bajo los efectos de las drogas y del alcohol.... implican una sanciones muy duras, e incluso penas de prisión.
Sin embargo, también existen otras infracciones que muchos conductores desconocen y que si las cometes, puedes acabar entre rejas. Concretamente, hay una que es una práctica habitual entre muchos conductores.
La nueva Ley de Tráfico, aprobada en 2021, elevó la sanción a este tipo de infracciones. Aumentando de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.
Sin embargo, Tráfico decidió finalmente endurecer aún más la norma, y al considerarse muy grave, elevó la sanción a 500 euros en lugar de 200, además del consabido aumento a 6 puntos de pérdida en el carné de conducir, cuando antes se castigaba con 4 puntos menos.
Y es que así lo ha recordado la Dirección General de Tráfico en sus redes sociales, donde aprovecha para indicar no solo un alto riesgo de incendio, sino también otros problemas muy graves. Entre ellos el de provocar un accidente a un ciclista o a un motorista, ya que en caso de que la colilla vaya en su dirección esta puede impactar directamente en su cuerpo generando quemaduras y, por ende, una colisión.
Pero si esto se combina con que suceda en una zona con árboles o vegetación, podemos incendiarla. Todo ello se agrava aún más en esta época del año, la cual ofrece altas temperaturas que, de la mano de colillas o botellas de cristal, se pueden generar graves incendios.
De darse dicha situación, podríamos enfrentarnos a penas de entre tres y seis años de cárcel, así como a multas de 18 a 24 meses. A ello hay que sumarle que, aunque bien es cierto que fumar mientras uno conduce no está prohibido, sí que puede suponer una distracción al volante.
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