DEFECTOS LEVES Y GRAVES
Los coches matriculados a partir de 1999 se enfrentan a un nuevo reto en la ITV para evitar este defecto grave
Muchos conductores no dan al sistema de alumbrado y señalización la importancia que, realmente, tiene: con él no sólo ven, también son vistos. Tanto es así que los problemas con esta parte del equipamiento protagonizan la mayoría de los defectos graves de las ITV y hay uno, en concreto, que identifican con mayor frecuencia en los modelos de 1999.
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Los defectos graves más frecuentes identificados en la ITV son los relacionados con el sistema de alumbrado y señalización (24,1%) y los detectados en los ejes, ruedas, neumáticos y suspensiones (21,7%). En el primer caso, los coches matriculados a partir de 1999 tienen que prestar especial atención porque si les falta una luz en concreto… no pasarán con éxito la revisión.
La normativa de la Inspección Técnica del Vehículo no establece un número concreto de defectos leves que impiden superar favorablemente este trámite: si un coche sólo tiene este tipo de fallos, recibirá la pegatina y quedarán reflejados en el informe. Esto significa que deben ser subsanados con la mayor brevedad posible: según el Código de Circulación, el conductor tiene la obligación de circular con el vehículo en perfectas condiciones. Con los defectos graves, hay menos permisividad: uno basta para que el resultado sea desfavorable.
La luz de marcha atrás
Y es por ahí por donde llegamos al error con el que muchos técnicos se encuentran en algunos modelos matriculados a partir de 1999. El examen del sistema de alumbrado y señalización consiste en comprobar el número de luces, su correcto funcionamiento, su homologación y el cumplimiento de los colores permitidos: en varias ocasiones han comprobado que carecen de la luz de marcha atrás.
Este elemente es, desde 1999, obligatorio para todos los turismos, autobuses, furgonetas y camiones matriculados a partir del citado año: si es obligatoria y no funciona, se trata de un defecto grave y el coche no pasará la ITV. Si es opcional (lo es para ciclomotores y motocicletas, remolques inferiores a 750 kg matriculados antes del 10 de julio de 2011 y también para turismos, vehículos ligeros inferiores a 3.500 kg y camiones matriculados antes del 26 de julio de 1999) y no funciona, será un defecto leve.
El resto de luces
No es el único defecto leve o grave que puede llegar de la mano del sistema de alumbrado y señalización: como hemos visto, el resto de luces también es objeto de revisión y dependiendo de su estado, nuestro vehículo obtendrá un resultado favorable o desfavorable en la ITV.
- Luces de cruce o carretera: si no funciona alguna de las luces de cruce es un defecto grave, si no funciona alguna luz de carretera es un defecto leve y si no funciona ninguna luz de carretera también será un defecto grave.
- Luces de posición: si alguna no trabaja correctamente, será un defecto Leve y si las que fallan son todas las delanteras o traseras será grave. El mismo resultado obtendrán aquellos vehículos obligados a llevar luces laterales que no estén operativas.
- Luces de freno: si el vehículo no tiene el número reglamentario de luces de freno, estaremos hablando de un defecto grave. Es el mismo resultado que el técnico dará si no funciona ninguna luz de freno: será leve, eso sí, si falla una.
- Luces antiniebla: el defecto leve llegará cuando alguna luz antiniebla delantera falle. Si lo hace la trasera, será grave.
- Intermitentes: si alguno de ellos no funciona, supondrá un defecto grave. Lo mismo sucederá si falla la luz de emergencia y si la frecuencia de la emisión de cualquiera de ellos es irregular o fija.
- Luz de matrícula trasera: si la iluminación es insuficiente o defectuosa, será un defecto leve. Será grave cuando el color no sea el reglamentario (blanco o amarillo, sólo para los vehículos matriculados antes del 26 de julio de 1999), cuando no exista iluminación alguna y cuando exista riesgo de desprendimiento o afecte a su función.
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