UNA DUDA MUY HABITUAL
¿Cuándo empieza a contar el plazo de una multa de tráfico?
Recibir una multa de tráfico no es plato de buen gusto para nadie. Eso sí, hay que tener bien claro cómo debemos actuar para no llevarnos sustos innecesarios una vez notificada la sanción...
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A nadie le gusta recibir una multa de tráfico, pero lo cierto es que buena parte de los conductores reciben al menos una sanción de tráfico a lo largo de su vida como conductores. La inmensa mayoría de esas multas son por infracciones de tipo leve y, de hecho, buena parte de esas multas están relacionadas con los aparcamientos incorrectos. En cualquier caso, recibir una multa no es plato de buen gusto, ni siquiera cuando se trata de multas con un importe muy reducido.
En cualquier caso, las multas de tráfico constituyen una herramienta esencial para mantener la seguridad vial y fomentar el cumplimiento de las normativas en las carreteras. Estas multas no sólo buscan sancionar comportamientos peligrosos, sino también educar a los conductores y prevenir accidentes. La importancia de las multas radica en su capacidad para disuadir conductas irresponsables, proteger la integridad de los usuarios de la vía y mantener un entorno vial seguro para todos.
En caso de recibir una multa de tráfico, debemos tener claro cómo actuar para tomar las decisiones correctas. Si tenemos claro que se trata de un error o de una sanción injusta, podemos recurrir. Por el contrario, si sabemos que nos han "pillado" y tenemos que pagar la multa, también es conveniente saber todos los detalles para así poder actuar sin que nos cueste más dinero del necesario. ¿De qué plazos dispongo cuando me notifican que tengo una multa de tráfico?
Tengo una multa: cuáles son los plazos
Lo primero que debemos tener claro es a partir de qué momento nos podemos considerar notificados. Para ello, hay que distinguir entre recibir una multa a través de correo ordinario o a través de correo certificado. No es hasta este segundo punto cuando nos podemos dar por notificados. Si no recogemos la notificación, ésta se publicará en el boletín oficial de tu provincia y en el tablón edictal de sanciones, y a partir de ese mismo momento se nos considerará notificados.
A partir de ese día, contamos con 20 días naturales para abonar la multa en período voluntario acogiéndonos al descuento del 50%. Si dejamos pasar esos días, también podemos seguir abonando la multa, pero sólo podremos hacerlo abonando el 100% de la cuantía. Si tampoco lo hacemos, tendremos que abonar la cuantía más un recargo que variará dependiendo del tiempo que haya pasado.
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