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La DGT permite algunas ayudas extras en el examen práctico de conducir
La Dirección General de Tráfico autoriza desde hace varios años cierto tipo de ayudas para aquellos estudiantes que realicen el examen de conducir en su parte práctica.
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El examen práctico de conducir es uno de los mayores temores de los alumnos a la hora de sacarse el carnet. Un miedo que parece lógico, puesto que en el caso del teórico se depende fundamentalmente de la cantidad de test realizados y de las horas estudiadas. Sin embargo, una vez afrontas la parte práctica existen factores externos que pueden perjudicar el resultado de la prueba.
Las cifras de aprobados a la primera en España en este examen prácticos son preocupantes, ya que tan solo el 27% consigue pasar dicha prueba con tan solo un intento. Por este motivo, la DGT decidió el pasado 2019 permitir algunas ayudas que incorporan cada vez más coches, los ADAS, aunque no todos están permitidos por el organismo de tráfico.
Las ayudas a la conducción que permite la DGT en el examen práctico de conducir
Los vehículos de autoescuelas que cuenten con sistemas Start-Stop así como otras ayudas a la conducción como la cámara de marcha atrás o la salida en pendiente, ya pueden ser utilizados en la parte práctica del examen del carnet de conducir, tal y como aseguran desde Intertaller.
Más concretamente, según la propia DGT, durante las pruebas de aptitudes y control podrán utilizarse los siguientes sistemas de ayuda a la conducción: 'Start-Stop'; sistema de ayuda de salida en pendiente; activación automática de alumbrado y limpiaparabrisas; frenado de emergencia urbano e interurbano (AEB); alerta de tráfico cruzado (RCTA); cámara de marcha atrás, 360º y sensores de aparcamiento; sistema de detección de fatiga; o aviso de frenada de emergencia (EBD).
En el caso de la la activación automática de limpiaparabrisas y alumbrado, la Dirección General de Tráfico especifica que, al igual que ya ocurría antes de la aprobación de estas ayudas, el examinador puede perfectamente pedir al alumno que localice ambos mandos en las comprobaciones previas. "Si durante el desarrollo de la prueba cualquiera de los mandos mencionados, o ambos, se activan, no se aplicará ninguna penalización", indica Tráfico.
Además, el organismo autónomo aclara que en aquellos casos en los que el sistema de alumbrado automático no se activase, deberá ser el examinado quien active de forma manual las luces pertinentes. De lo contrario, se penalizará como falta leve y, una vez calificado como tal, se indicará que lo active, enfrentándose a una eliminatoria en caso de no hacerlo.
Otros puntos en los que la DGT matiza la permisividad de estas ayudas es en el frenado de emergencia urbano e interurbano, donde el examinador valorará la situación como si se tratara de una intervención del profesor; y en la activación de la alerta de tráfico cruzado, será de nuevo el examinador quien valore la situación teniendo en cuenta si hay o no visibilidad.
Por último, cabe destacar que pese a que la Dirección General de Tráfico permita la utilización de la cámara de marcha atrás y 360º y los sensores de aparcamiento, no se podrá utilizar, en caso de que el vehículo de la autoescuela cuente con él, con el sistema de ayuda al estacionamiento total, en el que el coche toma el control por si mismo, realizando la maniobra sin la intervención del conductor.
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