NUEVA LEY DE TRÁFICO
La DGT restará seis puntos a aquellos conductores que no respeten el metro y medio al adelantar a un ciclista
Este cambio en el capítulo de sanciones llega de la mano de una de las enmiendas aprobadas en el Senado.
Publicidad
La nueva Ley de Tráfico sigue su recorrido parlamentario y su actual parada es el Senado. La Comisión Interior del mismo ha aprobado un texto que está siendo revisado tras recibir una serie de enmiendas para terminar de rematar la norma. Y entre esas propuestas encontramos la que modifica la sanción por no respetar el metro y medio a la hora de adelantar a las bicicletas.
Uno de los objetivos que la DGT busca con la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial es proteger a los usuarios más vulnerables de la vía: un grupo en él están incluidos los ciclistas. No sólo se ha modificado la forma de adelantar a estos vehículos, también las sanciones por incumplir la norma.
Cambios para adelantar a las bicicletas
El Artículo 35.4 establece que a la hora de rebasar a una bicicleta hay que hacerlo respetando una distancia lateral mínima de 1,5 metros. Para poder respetar este espacio es posible ocupar parte del carril contiguo o contrario así como así como llevar a cabo la maniobra con línea continua. Con los cambios se puntualiza que en aquellas carreteras con más de un carril por sentido tendremos que cambiar de carril por completo obligatoriamente.
En el capítulo de multas, las novedades llegan en forma de puntos. La norma vigente estipula que si un conductor adelanta a un ciclista “poniendo en peligro o entorpeciendo” le restarán cuatro puntos en su carnet de conducir. Cuando entre en vigor la nueva ley, la pérdida aumentará a seis puntos cuando, además, lleven a cabo la citada maniobra “sin dejar la separación mínima de 1,5 metros”.
Obligaciones para los ciclistas
Estos cambios afectan a los conductores, pero los ciclistas también van a tener que asumir algunas modificaciones en sus obligaciones como usuarios de la vía. Aunque el Reglamento General de Circulación prohíbe, desde 2003, su circulación por las aceras y zonas peatonales, la nueva Ley de Tráfico lo elevará a norma con rango de ley. Una infracción calificada como grave que estará sancionada con una multa de 200 euros.
Y hablando de tipos de infracciones. Con la reforma de la actual norma y siempre que no comprometan la seguridad del resto de usuarios de la vía, será una infracción leve todos los incumplimientos de las normas de seguridad vial que no estén calificadas como infracciones graves o muy graves. La cuantía económica en estos casos será, por tanto, de 100 euros.
Publicidad