A PARTIR DEL 11 DE DICIEMBRE
Distrito Centro comienza a multar: ¿qué coches pueden y no pueden entrar al nuevo Madrid Central?
Dos meses después de su entrada en vigor, las cartas dejarán de ser informativas para transformase en sanciones.
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Distrito Centro es el ‘nuevo’ Madrid Central: lo entrecomillamos porque la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de la capital de España es la misma que diseñó Manuela Carmena hace varios años. Tras el período de adaptación, a partir de este sábado (11 de diciembre) las multas regresarán para todos aquellos vehículos que accedan al centro de la ciudad sin cumplir las normas vigentes: ¿qué coches pueden y no pueden entrar?
El pasado 22 de septiembre, dos meses después de que el Tribunal Superior de Justicia anulase Madrid Central, entró en vigor Distrito Centro y lo hizo con una salvedad en forma de período de gracia: durante sesenta días no habría sanciones para aquellos vehículos contaminantes que accedieran a esta zona de bajas emisiones.
Las cámaras controlaban el acceso y registraban las matrículas, sí, pero en la carta que llegaba al domicilio de los infractores no había multa alguna. La misiva les recordaba que el Ayuntamiento era consciente de su acción ilegal y que, de momento, no estaba penada. Una advertencia que iba acompañada por toda la información sobre la nueva normativa.
¿Qué coches no pueden entrar a Distrito Centro?
Esa tregua concedida por el consistorio madrileño llega a su fin este sábado, 11 de diciembre. A partir de entonces todos aquellos coches que no tengan el distintivo ambiental de la DGT no podrán acceder a Distrito Centro. Tampoco podrán hacerlo los que se dirijan a un taller: estos establecimientos dejan de tener potestad para dar autorizaciones. Algo que tampoco podrá hacer el Colegio de Abogados y los trabajadores nocturnos.
Como buena norma, tiene una serie de excepciones: los vehículos de los residentes empadronados en las zonas incluidas sí podrán entrar así como los vehículos PMR, los pesados, los de servicios esenciales, los profesionales, los que presten servicios públicos, los que transporten alumnos además de empresas y autónomos.
¿Qué coches pueden entrar?
Los únicos vehículos que podrán entrar, circular y aparcar libremente en Distrito Centro serán aquellos que tengan la pegatina Cero y Eco.
Los coches con el distintivo B o C podrán entrar siempre y cuando estén autorizados por un residente o vayan a aparcar en un estacionamiento de uso público, en un garaje privado o cuenten con una reserva de estacionamiento no dotacional. En este caso, las excepciones son las mismas que para aquellos que no tienen etiqueta de la DGT: residentes empadronados, vehículos PMR, los pesados, los de servicios esenciales, los profesionales, los que presten servicios públicos, los que transporten alumnos además de empresas y autónomos.
¿Y las motos? Igual que ocurre con los coches, las que tengan la pegatina Cero podrán entrar, circular y aparcar sin limitaciones. Si están incluidas en la categoría B o C el acceso estará permitido desde las 7:00 hasta las 22:00 ya que a partir de entonces necesitarán una autorización. Y los modelos sin pegatina tendrán prohibido el acceso siempre que no sean residentes y estén empadronados en Distrito Centro.
Las multas de Distrito Centro
Incumplir estas limitaciones estará, obviamente, penado con una sanción económica. El acceso el acceso no permitido a la Zona de Bajas Emisiones de Distrito Centro estará catalogado como una infracción leve de tráfico, tal y como figura en los Artículos 18 y 75-C de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Unas multas que, asimismo, están recogidas en los Artículos 80.1 y 81 y castigan este hecho con una cuantía económica de 90 euros, que se puede reducir a 45 euros por pronto pago.
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