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SEGÚN LA AECA-ITV

Estas son las modificaciones que te impedirán superar la ITV con éxito

Es importante que tengas en cuenta que algunos cambios pueden requerir un proceso de homologación obligatorio

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Si estás pensando en hacer modificaciones en tu coche es importante que tengas en cuenta que algunas pueden requerir un proceso de homologación obligatorio que si ignoras puede convertirse en una sanción o en resultado negativo en la ITV. Precisamente, la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) ha recopilado los cambios más frecuentes que tienen que ser legalizados.

El Real Decreto DC866/2010 (2 de julio) y el Manual de Reformas de Vehículos elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio establecen que las modificaciones importantes son las que deben ser homologadas. O lo que es lo mismo: aquellas que influyen en las dimensiones exteriores o afectan a la identificación del vehículo (número de bastidor y ubicación de la matrícula), a la unidad motriz, transmisión, ejes, suspensión, dirección, frenos, carrocería, dispositivos de alumbrado y señalización.

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ITV | DGT

Los cambios que más se repiten

Entre ellas destacan algunas de las reformas más populares y que requieren el procedimiento necesario para su homologación. Toma nota:

  • Carrocería: la sustitución o instalación de elementos en la carrocería del vehículo por otros distintos se considera reforma.
  • Neumáticos: hay que legalizarlos cuando la diferencia de dimensiones entre el neumático instalado y el original excede de la tolerancia (3%) o el índice de carga o velocidad es inferior al original.
  • Suspensiones: la sustitución de los muelles originales por otros que no sean recambios se considera reforma ya que modificar la altura del vehículo o las propiedades de la suspensión afecta a su comportamiento.
  • Centralita del motor: es necesario homologarlo porque cambian las prestaciones del vehículo y, como consecuencia, se modifican las emisiones.
  • Iluminación: tendrás que llevar a cabo el proceso si cambias los faros delanteros por unos que utilicen una tecnología diferente. No ocurre lo mismo con los laterales o traseros siempre que estén homologados y situados en el emplazamiento original.
  • Enganche de remolque: la instalación se considera reforma, pero para desinstalarlo no es necesario volver a pasar la inspección.
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ITV | Itv

Las modificaciones que no tienes que homologar

Si los cambios se centran en la estética y no afectan a las dimensiones del vehículo, no será necesario homologarlo. ¿Qué modificaciones entran dentro de este apartado? Los cambios de color en la carrocería, instalar una baca en el techo del vehículo usando los anclajes del fabricante o añadir un embellecedor de los espejos retrovisores exteriores, entre otros. Eso sí: no olvides que deberás notificárselo a tu compañía de seguros y a la Dirección General de Tráfico.

La multa por no homologar los cambios

Como comentábamos al principio, no legalizar las modificaciones importantes que has hecho en tu coche tiene consecuencias. La más inmediata es la prohibición de circular con ese vehículo, pero no es la única: la sanción económica por conducir un coche con algún elemento sin homologar o no autorizado puede ser de hasta 500 euros. Y además de no superar la ITV con éxito, en caso de accidente el seguro puede no cubrir los daños si considera que no está debidamente informado.

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¿Va a cubrir lo gastos mi seguro ante accidente?

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