La DGT lanza una serie de recomendaciones
Esto es lo que deberás tener en cuenta si vas a ir a trabajar según la DGT
La DGT ha lanzado una serie de recomendaciones que conviene seguir sobre todo si se trata de trabajadores que tienen que desplazarse para incorporarse a su puesto.
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El estado de alarma avanza ya por su quinta semana de vigencia en España, con previsión de que se alargue al menos una semana más. Sin embargo, la reducción de nuevos casos de infección por coronavirus en las últimas dos semanas ha hecho que, poco a poco, el Gobierno comience a reactivar ciertas parcelas de la economía. Es el caso de los trabajadores no esenciales, que ya pueden volver a acudir a sus puestos de trabajo.
Para garantizar su seguridad, la DGT ha lanzado una serie de recomendaciones de cara a los traslados hasta el puesto de trabajo. Evidentemente, la DGT apuesta por transportes individuales: bien sea andando, en bicicleta, en motocicleta o en vehículo privado. Además, en la medida de lo posible, estos desplazamientos deben realizarse de manera individual. En caso de que no puedan realizarse así, conviene aplicar algunos consejos sencillos que minimizan, de manera ostensible, el riesgo de contagio por coronavirus. Y tú, ¿cómo viajas a tu lugar de trabajo? VER VÍDEO DE ARRIBA.
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La ITV es uno de esos puntos clave que todos tenemos en cuenta cuando cada día utilizamos nuestros coches: se trata de uno de los métodos más efectivos para controlar la “salud” del parque móvil que cada día se desplaza por nuestras carreteras, un sistema que, si bien no es infalible, posibilita saber que la inmensa mayoría de vehículos que circulan por nuestras vías lo hacen cumpliendo unos mínimos de seguridad técnica, manteniendo además la vigencia administrativa de, por ejemplo, el seguro de automóvil obligatorio y sin el cual no es posible superar la inspección.
Sin embargo, la entrada en funcionamiento del estado de alarma en todo el territorio nacional el pasado domingo día 15 ha trastocado nuestro día a día de manera ostensible, y las ITV no son ajenas. Todos sabemos ya que la circulación injustificada por la carretera no está permitida, y sólo se puede coger el coche para casos puntuales, debidamente especificados en el Real Decreto que regula el funcionamiento del estado de alarma.
Los trayectos a la ITV no están entre las excepciones, de ahí que durante los primeros días de vigencia del estado de alarma hayan surgido dudas sobre la legalidad de los trayectos a las ITV.
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