El endurecimiento de las sanciones al volante está a la vuelta de la esquina y desde de la DGT ya han avisado de las primeras medidas para reducir el . Del mismo modo, el también reciente es otro de los detonantes para la revisión del carnet por puntos y las sanciones para los conductores. Ha sido Gregorio Serrano como Director de la Dirección General de Tráfico quien ha anunciado la intención de rebajar los límites de alcohol para ciertos colectivos de conductores. Concretamente desde la DGT pretenden imponer la tasa de cero alcohol para conductores noveles y conductores profesionales, una medida que obligaría a la no ingesta de alcohol. En la actualidad, el límite permitido de alcohol en aire espirado es de 0,25 miligramos por litro de sangre para los conductores en general y de 0,15 miligramos para los profesionales del volante y los noveles (durante el primer año de carnet). Hemos de tener en cuenta que si un conductor da positivo en alcohol con una tasa de entre 0,25 y 0,50 miligramos en aire espirado es sancionado con 500 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet. Si además es reincidente, éste será multado con 1.000 euros de cuantía y la detracción de seis puntos. Conducir con tasas superiores a 0,60 miligramos por litro de sangre se considera delito y es castigado con prisión de tres a seis meses y la retirada del carnet de uno a cuatro años. Respecto a las drogas, la ley prohíbe ponerse al volante bajo sus efectos, lo que está sancionado con 1.000 euros y seis puntos, estando además considerado como delito con penas de tres a seis meses de prisión y la retirada del carné de uno a cuatro años. En Centímetros Cúbicos: |