SANCIONES
¿Es legal sustituir el carnet de conducir por el DNI para conducir?
En las últimas semanas, varias informaciones aseguraban que la DGT ya no multaba por conducir sin la documentación pertinente porque bastaba con portar la identificación personal.
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¿Es legal conducir sin llevar el carnet sustituyéndolo por el DNI? No. A pesar de las noticias que han circulado en los últimos días, la Dirección General de Tráfico no ha eliminado la sanción que castiga esta infracción. Todos los conductores deben ponerse al volante correctamente identificados: eso sí, pueden llevar su permiso en formato físico o digital.
El documento de identidad personal no sustituye al carnet de conducir: este último es el encargado de acreditar que somos capaces de conducir uno o varios tipos de vehículos. Razón por la que debe viajar siempre con nosotros: si no es así, estaremos cometiendo una infracción leve penada con una multa de hasta 100 euros.
Tres documentos obligatorios
Bien es cierto que, en un control, los Agentes de Tráfico pueden comprobar de forma telemática si tenemos carnet y si éste está en vigor. Incluso existe la posibilidad de que perdonen la multa si el conductor muestra su DNI y el permiso de circulación, pero esto dependerá de la autoridad correspondiente y en ningún caso significa que la sanción ha desaparecido o ha sido eliminada.
Cabe recordar que este permiso es uno de los tres documentos que hay que llevar obligatoriamente en todos los trayectos que hagamos. Los otros dos son el Permiso de Circulación del vehículo y la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV).
También en formato digital
Como apuntábamos antes, el conductor puede elegir cómo llevar su carnet: en formato físico o digital, en la aplicación MiDGT(donde también está incluido el Permiso de Circulación). Esta documentación virtual tiene la misma validez que la física, pero desde la DGT aconsejan viajar con ambas opciones por un par de motivos.
La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil sí cuenta con las herramientas necesarias para leer el código QR que aparece en la parte inferior de ese carnet virtual: puede que algunos cuerpos de vigilancia no estén todavía equipados. Y, además, cabe la posibilidad de que el teléfono se quede sin batería dejándonos indocumentados.
Ten en cuenta que el carnet digital de la aplicación sólo es válido en España: si vas a conducir en un país con el que el nuestro ha firmado un acuerdo, que forma parte de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE) será necesario llevarlo en formato físico. Donde no existan estas opciones, deberás circular con el permiso internacional.
Otras sanciones
Por último, cabe recordar que existen otras sanciones aparejadas al carnet de conducir. Si los datos del mismo no están actualizados, te pueden castigar con una multa de 80 euros. Si está caducado, la pena será de 200 euros y si conduces a pesar de que te lo hayan retirado, deberás pagar 500 euros y perderás cuatro puntos.
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