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Las sanciones por conducción con drogas ya se pueden recurrir

Las multas de drogas ya se pueden recurrir

Las sanciones por conducción bajo el efecto de las drogas se podrán recurrir si se demuestra la presencia de medicamentos prescritos por un profesional.

-Control de alcoholemia

Control de alcoholemia EFE/Archivo

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La conducción bajo la influencia de sustancias estupefacientes es, sin lugar a dudas, una de las circunstancias más peligrosas y, desgraciadamente, comunes en las carreteras españolas. Por eso, la DGT se esfuerza cada día más en perseguir esta conducta, intensificando los controles, mejorando su eficacia y, por supuesto, incrementando la dureza de las sanciones.

Sin embargo, pese a ello, los derechos de los conductores no pueden verse agraviados, por lo que la DGT ha anunciado que las sanciones por conducción con influencia de las drogas también podrán ser recurridas si el conductor lo considera pertinente.

La DGT discierne entre la conducción bajo los efectos de las drogas y la conducción con drogas presentes en el organismo. Mientras que la primera comporta una sanción penal, la segunda se limita a una sanción administrativa, aunque en ambos casos se trata de una infracción calificada como “muy grave”.

A partir de ahora, las sanciones de este tipo podrán ser recurridas si se demuestra, por ejemplo, que el conductor ha ingerido algún medicamento bajo prescripción médica, siempre y cuando el medicamento en concreto pueda interferir en la conducción. Además, la segunda prueba en caso de positivo en el primer test deberá realizarse en un laboratorio, demostrando además el respeto por la cadena de custodia.

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