DEPENDE DE LA INFRACCIÓN
¿Es posible perder todos los puntos del carnet en un día?
La respuesta la encontramos en la Ley de Seguridad Vial y todo dependerá del tipo de infracción que hayamos cometido
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El mundo del motor colecciona todo tipo de marcas y récords, también a nivel administrativo. Aunque es complicado, el empeño de determinados conductores ha llegado a los titulares de la actualidad desvelando la pérdida total de todos los puntos del carnet de conducir: ¿es posible quedarse a cero en un solo día?
La primera respuesta la encontramos en el Artículo 64 de la Ley de Seguridad Vial, donde se establece que a un conductor no le podrán restar más de ocho puntos en un único día. Eso sí, como buena norma cuenta con su propia excepción en la que señala los escenarios en los que sería posible una sustracción mayor: “Salvo que concurra alguna de las infracciones muy graves a que se refieren los párrafos a), c), d), e), f), g), h) e i) del Artículo 7. En este caso perderán el número total de puntos que correspondan”.
Infracciones muy graves
Por lo tanto, si la infracción es grave no se podrán perder más de ocho puntos en un día. En cambio, si es muy grave podrán dejarle el saldo a cero porque las sanciones se aplicarían de forma individual restando la cuantía correspondiente a cada incumplimiento. ¿A qué casos hacemos referencia? A los que aparecen en el Artículo 77 de la citada Ley de Seguridad Vial:
- No respetar los límites de velocidad establecidos o circular a una velocidad media superior a la establecida.
- Negarse a realizar las pruebas de alcoholemia y drogas cuando el conductor esté envuelto en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción.
- Llevar a cabo una conducción temeraria.
- Circular en el sentido contrario al establecido.
- Participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas.
- Conducir vehículos que tengan instalados dispositivos cuya misión sea interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico
- Aumentar los tiempos de conducción o reducir los de descanso estipulados en la ley sobre transporte terrestre en más del 50%.
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