La DGT aclara una duda sorprendente
Sí, puedes entrar y salir por el interior de una rotonda, pero ¿cuándo?
El uso de los carriles interiores de una rotonda parece limitado a momentos muy puntuales, pero la DGT aclara que también pueden utilizarse para entrar o abandonar la rotonda.
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Las rotondas siguen siendo una de las asignaturas pendientes de buena parte de los conductores de nuestro país, que ven como el uso de este tipo de construcciones se les complica en cuanto las condiciones del tráfico no son idóneas pese a que las normas de uso son bastante claras y, además, la cantidad de este tipo de construcciones se ha multiplicado en los últimos años, demostrando así su eficacia a la hora de regular de manera "natural" el tráfico.
Seguro que ya conoces la mayoría de normas que, por otro lado, hemos repetido hasta casi la saciedad. Vamos a recordar una vez más las normas básicas que regulan el funcionamiento de las rotondas para los usuarios comunes de la carretera, bien sean conductores de turismo, de motocicleta o, incluso, usuario de bicicletas:
- Por norma general, nos incorporamos y abandonamos la rotonda siempre por el carril derecho.
- El vehículo que circula por la rotonda tiene prioridad de paso sobre aquellos que están intentando incorporarse.
- El carril interior puede utilizarse para circular si vamos a recorrer buena parte de la rotonda.
- Un grupo de ciclistas tiene prioridad en el momento en el que el primer ciclista se ha incorporado ya a la rotonda.
Bien, pues hoy os traemos una curiosa aclaración que ha hecho pública la Dirección General de Tráfico relativa a la primera de las normas arriba mencionadas. ¿Se pueden utilizar los carriles interiores para incorporarse a una rotonda? ¿Pueden también usarse para abandonar la rotonda en algún caso?
La DGT aclara el uso de los carriles interiores de las rotondas
Pues efectivamente, la respuesta a ambas preguntas es afirmativa, por que sí, se pueden utilizar los carriles interiores para incorporarse o abandonar una rotonda, aunque eso sí, sólo en casos muy concretos que la propia DGT nos recuerda.
- En el caso de la incorporación a la rotonda, y según la propia DGT puntualiza en su revista de Seguridad Vial, "la entrada desde el carril izquierdo, directamente al interior de la glorieta, está permitida con el fin de facilitar el acceso".
- Para la salida de la rotonda ocurre algo parecido: "solamente estará permitido abandonar la rotonda desde un carril interior cuando una señal (una flecha en el suelo, por ejemplo) lo indique y el carril derecho esté ocupado".
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