¿Es obligatorio llevarlo en el coche cuando salimos a carretera?
¿Puedo circular sin el recibo del seguro en el coche? ¿Y sin el permiso de circulación?
El seguro es obligatorio, así como tener vigentes los papeles del coche, pero…¿tengo que llevarlo todo dentro del coche, o puedo circular sin llevar la documentación?
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La llegada de la digitalización a nuestro día a día trae consigo una serie de ventajas muy importantes que reducen las pérdidas de tiempo y mejoran la comodidad a la hora de realizar ciertos tramites, también relacionados con nuestro coche, que pueden resultar tediosos a la hora de llevarlos a cabo en persona.
De esta manera, en los últimos años se han modificado ciertas normas de tráfico para mejorar la comodidad de los conductores, de forma que, por ejemplo, ya no es obligatorio portar con nosotros un juego de bombillas de recambio. Pasa algo similar con el permiso de conducción: la llegada de la aplicación digital MiDGT ha permitido que muchos conductores lleven el carnet de conducir en el móvil, sin necesidad de portarlo de manera física.
Son muchos los conductores que, sin embargo, dudan a la hora de llevar cierta documentación en el vehículo porque desconocen si es o no obligatorio. Recuerda que para que un vehículo sea apto para su circulación en vía pública debe contar con un permiso de circulación, una ficha técnica válida en la que se reflejen las diferentes inspecciones pasadas y estar cubierto, además, por una póliza de seguros.
Una vez aclaradas las premisas…¿qué sucede con la documentación que tenemos que llevar en el coche? ¿Tenemos que viajar con todos los papeles siempre encima, o podemos circular con nuestro coche sin que en éste llevemos la documentación? La respuesta es sencilla: ni lo uno ni lo otro.
¿A qué nos referimos? Básicamente a que sí es obligatorio que si un vehículo esté circulando en vía pública cuente con la ficha técnica y el permiso de circulación en formato físico por si es necesario o por si algún agente de la autoridad lo requiere. Hay una excepción: si hemos perdido alguna de las documentaciones podemos circulamos si contamos con un permiso provisional.
Sin embargo, con la llegada de los ficheros informatizados, ya no es obligatorio portar el recibo probatorio del pago del seguro, de manera que simplemente con asegurarnos de que lo tenemos contratado y vigente, podemos circular con tranquilidad aunque no llevemos ningún papel relativo al seguro en el coche y, por tanto, no podremos ser multados por ello.
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