LO QUE DICE LA LEY DE TRÁFICO

En qué momento la ley te permite pisar la línea de la carretera

Seguro que has escuchado muchas veces que la línea discontinua central de la carretera sólo se puede rebasar cuando vas hacer un adelantamiento, y que en ningún caso más se puede pisar. El código de circulación nos permite pisar las líneas discontinuas sólo en determinados casos.

Carretera de dos carriles

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Seguro que has escuchado muchas veces que la línea discontinua central de la carretera sólo se puede rebasar cuando vas hacer un adelantamiento, y que en ningún caso más se puede pisar. Sin embargo, realmente esto no es cierto. El código de circulación nos permite pisar las líneas discontinuas sólo en determinados casos.

La ley es clara en este sentido, y en el apartado B del “Artículo 167 Marcas blancas longitudinales”, del Reglamento General de Circulación, puede leerse: “Marca longitudinal discontinua. Una línea discontinua en la calzada está destinada a delimitar los carriles con el fin de guiar la circulación, y significa que ningún conductor debe circular con su vehículo o animal sobre ella, salvo, cuando sea necesario y la seguridad de la circulación lo permita, en calzadas con carriles estrechos (de menos de tres metros de anchura)”.

Por lo tanto, podremos hacerlo si la seguridad lo permite y la línea tiene menos de tres metros de ancho. Hay que recordar que el ancho habitual de los carriles es de tres metros y cincuenta centímetros, pero se puede reducir esta medida si es necesario y de forma justificada, en tramos periurbanos y urbanos considerándose simultáneamente una reducción de la velocidad.

Otro caso no tan conocido

La normativa de tráfico especifica que, en caso de circular en un tramo pintado con línea continua, los conductores tienen prohibido realizar adelantamientos. Bien, eso es una realidad, pero que cuenta con ciertas excepciones entre las que se encuentran los adelantamientos a ciclistas. La Dirección General de Tráfico se ha pronunciado para intentar resolver las dudas de miles de conductores, recordando cuándo y cómo debemos llevar a cabo un adelantamiento seguro y legal a un ciclista.

En caso de contar con línea discontinua no hay ninguna duda, pero cuando se trata de un tramo con línea continua, es conveniente recordar que nunca debemos adelantar a un ciclista si no somos capaces de garantizar una distancia mínima lateral de 1.5 metros con él, distancia que se considera vital a la hora de evitar cualquier problema. Por eso, nunca vamos a adelantar sin salirnos de nuestro propio carril y, si tenemos la necesidad de adelantar, podremos invadir parte o la totalidad del carril contrario, superando una línea continua sin miedo, siempre y cuando las circunstancias del tráfico nos lo permitan.

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