NORMATIVA
¿Por qué te pueden multar por salpicar a un peatón si no le estás poniendo en peligro?
Respetar al resto de usuarios de la vía no sólo es una cuestión de civismo, también tiene un carácter normativo. El Reglamento General de Circulación cuenta con varios artículos sobre el tema en los que no sólo se establece unas normas de conducta, también obliga a los conductores a conducir de una forma concreta
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Cuando la lluvia aparece, los conductores deben agudizar los sentidos y extremar la atención: tanto si circulan por la carretera como si lo hacen por la ciudad. En ambos escenarios se incrementan los riesgos, pero en el segundo, además, hay otros usuarios a los que la inadecuada conducción en lluvia les puede perjudicar. Los peatones son un ejemplo de ello: salpicarles está sancionado, pero ¿cuál es la razón si el conductor no les está poniendo en peligro?
Todos los conductores saben que, en un paso de peatones, la prioridad es de la persona que va a pie… siempre y cuando no esté regulado por un semáforo cuyas órdenes prevalecen. Si no se respeta esa preferencia, la multa es de 200 euros y cuatro puntos menos en el carnet de conducir. Esa infracción puede convertirse en un atropello o accidente.
Lo que dice el RGC sobre salpicar a un peatón
El riesgo es evidente, pero ¿qué ocurre cuando un conductor salpica a un conductor? Ahí entra en juego la ética de cada uno: a nadie le gusta que le empapen (en mayor o menor medida) cuando camina por la calle, está esperando al autobús o al tranvía o se dispone a cruzar. Cualquiera de estas situaciones se puede evitar con un poco de civismo.
Aparte de ser una cuestión de educación, en el Reglamento General de Circulación encontramos varios artículos sobre el tema en los que no sólo se establece unas normas de conducta, también obliga a reducir la velocidad cuando exista la posibilidad de salpicar al resto de conductores y peatones.
- Artículo 2: “Los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes”.
- Artículo 46: el conductor está obligado a moderar la velocidad “cuando pueda salpicarse o proyectarse agua, gravilla u otras materias a los demás usuarios de la vía”.
Una infracción leve
Salpicar a un peatón está calificado, por tanto, como una infracción leve: el agente deberá dejar constancia en la sanción que el motivo es “causar molestias o perjuicios innecesarios a las personas”. Según el Artículo 80 de la Ley de Tráfico, la multa puede ser de hasta 100 euros aunque, generalmente, suele ser de 80 euros.
Cuestión de seguridad
Reducir la velocidad cuando llueve es, también, una cuestión de seguridad. La presencia de charcos en el asfalto es peligrosa porque el coche puede sufrir aquaplaning provocando una pérdida de control. Si estas concentraciones de agua están en los laterales de la calle o de la carretera y pisamos el pedal de freno, la capacidad de frenado de las ruedas que están en ese extremo será distinta y se producirá una frenada asimétrica con el riesgo que esto conlleva.
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