FIJOS Y MÓVILES
Radares en sentido contrario: ¿realmente te pueden multar?
Los radares son un instrumento para controlar la velocidad a la que circulan los coches y detectar si lo están haciendo por encima de los límites: ¿abarcan todos los carriles o sólo uno?
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Cuando cometemos una infracción y las autoridades son conscientes de ello, la consecuencia evidente es el correspondiente castigo. No obstante, en algunas ocasiones éste no llega de manera inmediata: aparece semanas después en nuestro buzón físico o en el electrónico de la Dirección Electrónica Vial (DEV). Y una de las multas más frecuentes son las que sancionan los excesos de velocidad: ¿cómo puede ser posible si en tu carril no había ningún radar? VER VÍDEO DE ARRIBA.
Son muchos los conductores que cuando circulan superando los límites establecidos creen que basta con levantar el pie del acelerador cuando nos acercamos a un radar. Lo cierto es que esta fórmula no es válida en todos los casos porque puede que haya un cinemómetro instalado en el otro sentido de la marcha que haya captado la infracción.
Calibración y alcance
¿Los radares en sentido contrario pueden multar? Sí, es un mito que su campo de visión sea limitado y sólo puedan captar a aquellos vehículos que circulan por un determinado lugar de la vía. Aunque estén ubicados en dirección contraria son capaces de identificar la matrícula de un coche que va por el otro carril. La razón es simple: esta capacidad no depende de dónde esté colocado, sino de su calibración y alcance.
Esto es algo que vale tanto para los cinemómetros fijos como para los móviles. Eso sí, no para todos. Dentro de los primeros, los que están capacitados para detectar excesos de velocidad en ambos sentidos de la marcha son los que están en las medianas en algunas vías rápidas; los de pórtico únicamente apuntan a su sentido de la marcha. Donde no hay excepciones es en los móviles.
El caso de las motos
Las motos representan un caso particular ya que no tienen matrícula delantera y sólo pueden ser detectadas por los dispositivos que estén colocados en el mismo sentido por el que circulan.
¿Se pueden recurrir estas multas?
El castigo económico por rebasar los límites de velocidad oscila entre los 100 y los 600 euros sin olvidar que también nos puede costar una pérdida de hasta 6 puntos en el carnet de conducir. Sin embargo, hay una posibilidad de recurrir esta sanción… siempre y cuando circulásemos al ritmo correcto: si en la fotografía aparece nuestro vehículo y otro que circula en sentido contrario, teóricamente, por encima de lo permitido, podremos reclamar ya que no queda claro cuál de los dos está cometiendo la infracción.
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