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DOS, Y SÓLO DOS

Los recorridos que puedes hacer con tu coche, legalmente, si has suspendido la ITV

Cada año millones y millones de vehículos suspenden su inspección técnica en las ITV. ¿Cómo deben actuar entonces?

Coches sin ITV en regla

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Las ITV son ampliamente conocidas en nuestro país: su función es clara, ya que se encargan de verificar en la medida de lo posible que los vehículos que circulan por nuestras carreteras lo hacen cumpliendo una serie de mínimos en cuanto a seguridad tanto técnica como administrativa. Sin haber superado la inspección periódica correspondiente, un vehículo matriculado en nuestro país pierde directamente su capacidad para circular por vía pública de manera legal.

En los últimos meses el nivel de absentismo en las inspecciones técnicas se ha multiplicado de manera preocupante: los últimos informes apuntan a que cerca del 40% de los vehículos que tenían que haber superado una ITV en los últimos tiempos no lo han hecho, de manera que se encuentran en situación irregular. Cuando un vehículo se enfrenta a una inspección técnica existen tres posibles resultados de la misma:

  • Favorable: el vehículo puede seguir circulando durante el periodo de tiempo que le corresponda hasta la siguiente inspección técnica.
  • Desfavorable: el vehículo presenta defectos incompatibles con la conducción continuada y segura por vía pública, de manera que debe ser reparado. No supone la inmovilización del mismo.
  • Negativa: el vehículo cuenta con defectos muy graves que suponen un peligro real en vía pública. El vehículo no puede abandonar las instalaciones de la ITV si no lo hace remolcado o en grúa.

Cuando el resultado de la inspección es desfavorable, la ITV de turno nos otorga un periodo de tiempo extraordinario para subsanar los fallos, pero el vehículo deja de ser apto para circular con libertad por vía pública. Existen, sin embargo, dos recorridos que el vehículo puede seguir llevando a cabo de manera legal.

Los dos únicos trayectos que puedes hacer con un coche con ITV desfavorable

Nos estamos refiriendo a trayectos que se realizan para subsanar los defectos detectados en la inspección, de manera que un vehículo en esta situación puede, únicamente, realizar dos tipos de trayecto:

  • Desde la estación de ITV al taller: se trata del trayecto que se debería realizar justo tras la salida de la inspección y la obtención del resultado desfavorable, de manera que el vehículo ruede lo mínimo posible por vía pública y evite, así, situaciones de riesgo.
  • Desde el taller hasta la estación de ITV: una vez subsanados los fallos detectados en la inspección, el vehículo en cuestión tiene autorización para volver a rodar por la calle pero, eso sí, sólo para acudir a la estación de ITV para poder verificar que los fallos han sido corregidos. Para ello, por cierto, no es necesario contar con cita previa.

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