Nunca viene mal repasar las normas
¿Sabrías responder a esta pregunta? La DGT te pone a prueba
La Dirección General de Tráfico utiliza a menudo sus redes sociales para lanzar preguntas que podrías encontrarte en el examen teórico de conducir, la última tiene que ver con los adelantamientos.
Publicidad
- 2021: ¿qué elemento tendrás que llevar en tu coche obligatoriamente?
- Así puedes evitar problemas con el Start/Stop de tu coche diésel o gasolina
- ¿Qué sucede si la DGT no puede notificarte una multa?
- La regla que genera más controversia entre ciclistas, recordada por la DGT: así puedes perder 3 puntos
- Primera toma de contacto de los Cupra León y Formentor: deportivos, tecnológicos y eficientes
Seguramente hiciste muchos test antes de aprobar el examen teórico de conducir. ¿Recuerdas la dinámica? Una pregunta, tres respuestas y solo una de ellas puede ser correcta. Pues bien, de vez en cuando, a la Dirección General de Tráfico le gusta poner a prueba a sus seguidores a través de las redes sociales y formula preguntas que podrían aparecer en cualquier examen oficial. Si estás preparándote para obtener el carnet por primera vez, la última pregunta de la DGT te vendrá bien para repasar y, si ya tienes el carnet, te servirá para refrescar tus conocimientos y comprobar si sigues capacitado para aprobar.
La pregunta formulada por la DGT en su perfil de Facebook es la siguiente: El conductor de un vehículo podrá adelantar en un túnel cuando…
A. Exista más de un carril en el sentido contrario de la marcha.
B. Exista más de un carril en su sentido de circulación.
C. Exista un carril para cada sentido, siempre que el túnel esté bien iluminado.
Antes de responder, debes saber que las prohibiciones a la hora de adelantar quedan recogidas en el punto 1 del Artículo 87 del Reglamento General de Circulación. Es ahí donde aparece que está prohibido adelantar “en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal Túnel”, pero si seguimos leyendo, se específica que esta prohibición afecta únicamente a los túneles que dispongan de un carril para el sentido de circulación del vehículo que pretende adelantar.
Descartamos, por tanto, la respuesta C. ¿Por qué prohíbe adelantar la DGT en esta situación? Es sencillo, la propia DGT da la respuesta: “porque para adelantar habría que invadir el sentido contrario dentro de un tramo ‘encerrado’ de por sí estrecho y sin escapatorias”.
De las otras dos posibles respuestas habría que descartar la A porque en el artículo 87 se específica que la prohibición es para los túneles que dispongan de un carril para el sentido de circulación del vehículo que pretende adelantar, es decir, el carril por el que circulamos, así que nos daría igual que en el sentido contrario haya dos o más carriles. Entonces, la respuesta correcta es la B: siempre que exista más de un carril en su sentido de circulación. De esta forma no invadimos el sentido contrario del túnel, por lo que podríamos adelantar, siempre y cuando exista una línea discontinua que lo permita.
Publicidad