Sin estado de alarma no es posible restringir la movilidad
El Ministerio de Sanidad confirma cómo será la libre circulación a partir del 21 de junio
Sin estado de alarma, queda en manos de las CCAA decidir confinamientos puntuales, renunciando el Ejecutivo a restringir movimientos interprovinciales, aunque no descarta instaurar nuevamente el estado de alarma si fuera necesario.
Publicidad
A partir del domingo 21 de junio se podrá circular con libertad por toda España al decaer el estado de alarma, independientemente de que para entonces pueda haber zonas como la Comunidad de Madrid, el área metropolitana de Barcelona o provincias castellanoleonesas que no hayan culminado todas las fases del plan de desescalada.
Así lo ha aclarado este viernes, 12 de junio, en rueda de prensa desde el Palacio de La Moncloa el ministro de Sanidad, Salvador Illa, para explicar los cambios de fase que entrarán en vigor este próximo lunes 15 de junio, cuando tan sólo Galicia abandonará el estado de alarma y entrará en la nueva normalidad. (Si quieres saber en que consiste el la movilidad en ' la nueva normalidad': VÍDEO)
El resto de España estará en fase 3, con la única excepción de la Comunidad de Madrid, las provincias castellanoleonesas de Salamanca, Avila, Segovia y Soria, Barcelona y su área metropolitana y parte de Lleida. Estas áreas, que permanecen en fase 2, pueden saltar directamente a la nueva normalidad el día 21 sin pasar siquiera por la fase 3 porque el Gobierno considera que la situación epidemiológica así lo permite, ha explicado Illa.
Illa, acompañado del doctor Fernando Simón, ha explicado que sin el instrumento del estado de alarma no es posible restringir de manera general un derecho fundamental como es la libertad de circulación.
Preguntado si a medio o largo plazo, pensando en un eventual rebrote de la epidemia en otoño, el Gobierno dispondrá de una alternativa al estado de alarma para confinar a la población o limitar sus movimientos en caso de que sea necesario, Illa ha puesto en valor que el estado de alarma es un "instrumento constitucional" que se ha demostrado que "ha funcionado muy bien".
SI HAY QUE VOLVER A LA ALARMA
"Si hay que volverlo a usar, ojalá no sea así, se usará, pero es el instrumento que hoy en día nos permite controlar la movilidad", ha asegurado el máximo responsable de Sanidad, que no ha participado en la reunión que una delegación del Ejecutivo ha mantenido este viernes en Moncloa con Ciudadanos precisamente para estudiar eventuales reformas que permitan hacer frente a rebrotes sin recurrir al estado de alarma.
Sin el estado de alarma, queda en manos de las Comunidades Autónomas, ha dicho el ministro, la decisión sobre confinamientos puntuales como el decidido en febrero por el Ejecutivo autonómico de Canarias sobre los clientes de un hotel en Tenerife o el cierre de Igualada en Catalunya. Eso sí, estas decisiones requieren el aval de un juez.
Pero estos confinamientos que permite la ley han de ser "muy quirúrgicos", es decir, se pueden hacer "sobre unidades familiares o sociales concretas", pero no permiten una "limitación generalizada de la movilidad de los españoles", ha desarrollado el ministro. El doctor Simón ha coincidido con Illa en que la legislación actual --descontando el estado de alarma-- permite actuar para controlar determinados "brotes".
A día de hoy, por tanto, en caso de que un brote aconsejase confinar a un grupo determinado de personas no se haría tomando como base una unidad territorial, pero sí se limitaría la movilidad "de los contactos estrechos" de los casos de coronavirus detectados, ha explicado el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias. El problema vendría, ha reconocido Simón, cuando se diese "una transmisión comunitaria amplia descontrolada".
"Ahí es cuando sí que habría que plantearse si hay que cerrar o no unidades territoriales", ha admitido, precisando que no es igual actuar en un municipio rural que en un barrio de una gran ciudad.
"La restricción de la movilidad en unidades territoriales fuera del estado de alarma no es algo que se pueda aplicar legalmente de una forma sencilla. En algunas situaciones se podría aplicar la ley de medidas especiales de salud pública del año 86, pero en muchas otras probablemente no", ha indicado Simón, de ahí que en la actualidad se esté optando por identificar casos de contagio de modo individual para proceder a actuar sobre grupos de personas que son contactos estrechos de estos casos.
Publicidad