La DANA deja miles de coches anegados
Tu seguro no cubre los daños ocasionados por la DANA, pero sí puedes conseguir compensación
Las inundaciones han dejado un reguero de vehículos destrozados en varias comunidades de España. Aunque tu seguro convencional no lo cubra, existe una solución para reducir la pérdida.
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La DANA que ha azotado la Comunidad Valenciana, Castilla La Mancha, Málaga y diferentes zonas de España ha dejado tras de sí un panorama desolador. Los cadáveres y los desaparecidos siempre serán la principal preocupación. Pero es que aparte de ello, hemos podido ver calles convertidas en ríos, casas anegadas y, por supuesto, miles de coches completamente sumergidos. Si eres uno de los afectados, probablemente ya habrás llamado a tu aseguradora, solo para recibir una noticia desalentadora: tu seguro no cubre estos daños. Pero no desesperes, porque en realidad sí hay una forma de cubrir los daños.
Lo primero que debes saber es que ningún seguro de coche, ni siquiera los de todo riesgo, cubre los daños por inundaciones. Suena injusto, ¿verdad? Pero antes de que empieces a maldecir a tu aseguradora, déjanos explicarte por qué y, lo más importante, qué puedes hacer al respecto.
Aquí es donde entra en escena una entidad cuya función quizás no conozcas si no has tenido que recurrir a ella: el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Este organismo público, dependiente del Ministerio de Economía, es el encargado de indemnizar los daños causados por "acontecimientos extraordinarios", y créenos, una DANA entra de lleno en esa categoría.
Pero, ¿cómo funciona esto? Es simple: una parte de la prima que pagas por tu seguro va destinada al CCS. Es como un seguro dentro de tu seguro, diseñado específicamente para estas situaciones extremas que, esperemos, ocurran muy de vez en cuando. Es decir, aunque la respuesta de tu seguro es que no cubre estas circunstancias, la pura realidad es que una parte de la prima se paga al CSS precisamente para cubrir estas circunstancias, así como algunas otras similares donde los seguros no se hacen responsables.
Ahora bien, no todo es coser y cantar. Para que el CCS te cubra, debes cumplir tres requisitos fundamentales:
- Tener una póliza contratada (algo que, por ley, ya deberías tener, pero que podría no ser lo más común en el caso de coches antiguos, clásicos, o que estuvieran inmovilizados).
- Que tu seguro tenga una antigüedad mínima de siete días.
- Estar al corriente de pago.
Si cumples con estos requisitos, el CCS cubrirá los daños de tu coche como si de una aseguradora se tratara. Un perito evaluará los daños y determinará si tu vehículo es reparable o si, en el peor de los casos, es un siniestro total.
Pero ojo, no todo son rosas en el jardín del CCS. Hay un par de excepciones importantes que debes tener en cuenta:
- Los daños causados por la lluvia al caer directamente sobre el coche no están cubiertos. Para eso necesitarías una cobertura específica en tu seguro habitual. Esto se refiere por ejemplo al granizo, que solo lo podría cubrir directamente tu seguro si es una de sus coberturas.
- Si el agua procede de una presa, canal o alcantarilla que ha reventado por motivos no incluidos en los "acontecimientos extraordinarios", tampoco estarás cubierto. Y aquí habría que ver si lo sucedido puede deberse no tanto a la catástrofe como a la irresponsabilidad de un organismo o del propietario.
No obstante, en principio todo lo que tenga que ver con vehículos arrastrados por las riadas deberían poder contar con la cobertura del Consorcio.
Ahora bien, ¿cómo reclamar? Lo ideal es que contactes con tu aseguradora. Ellos suelen encargarse de tramitar la reclamación ante el CCS. Si por algún motivo no pueden o no quieren hacerlo, puedes presentar la reclamación tú mismo a través de la página web del Consorcio o llamando al 900 222 665. Algo que podría suceder por parte de la aseguradora es que quiera evitar al máximo dar la sensación de que ellos se hacen cargo, y que por eso mismo también quieran evitar tramitar ellos la reclamación. Es bueno tener eso en cuenta, y saber que sí se cuenta con la cobertura del Consorcio.
Y aquí viene el dato clave: tienes hasta dos años para reclamar los daños materiales. Pero seamos realistas, ¿quién quiere estar dos años sin coche? Además, por más que quisiéramos, ya sabemos que la respuesta puede no ser la más ágil del mundo. Lo más sensato es hacerlo cuanto antes.
¿Cuánto te darán por el coche? Este es uno de los aspectos más críticos. Para empezar, el Consorcio puede cubrir la reparación del vehículo. Pero en el caso de que sea un siniestro total, la compensación se basará en el valor venal del coche. Es decir, es casi imposible recuperar el valor que de verdad tiene el coche para ti.
No obstante, es bueno tener en cuenta varias cosas.
- Adicionalmente al valor venal, podrás solicitar un 30% extra que no te ofrecerán en un primer momento.
- Puedes quedarte con el coche dañado si pides que de la indemnización se descuente el valor de las piezas. Esto podría ser interesante si crees que puedes reparar el vehículo tú mismo o que la reparación se puede hacer de forma más económica.
- Puedes reparar tu coche por iniciativa propia y luego reclamar el coste de la reparación. Pero puede que tengas que reclamar judicialmente y que no se cubra el 100% si la reparación ha superado por mucho el valor venal.
- También puedes solicitar presupuesto de reparación, y entonces solicitar que la cubra el Consorcio antes de realizar la misma. No obstante, tendrás que esperar a la respuesta, y es probable que tengas que recurrir a la vía judicial. Esta opción no es ni mucho menos la más ágil.
Sea como sea, el coche no deja de ser un bien material. Tanto si es un coche con unos meses cuyo valor ya nunca podrás recuperar, como si era tu medio de vida o era crítico para ti, haber salvado la vida compensa cualquier otra mala noticia relacionada con tu vehículo.
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