"El plazo de 48 horas no impide que puedan efectuarse reclamaciones, denuncias o quejas derivadas de irregularidades de los encuentros"; lo dice la Audiencia Nacional en una sentencia de 2015 creando una jurisprudencia.
A eso se agarra el Levante para que su denuncia sea aceptada. Se trata de una sentencia sobre baloncesto; un caso jurídicamente idéntico al del Levante vs Barcelona. "El plazo de 48h no puede contradecir las reglas generales del procedimiento sancionador", decía el recurso de apelación.
Fue una sentencia que dejaba sin efecto la resolución anterior del Comité español de disciplina deportiva.
Para la RFEF es alineación indebida: 'Chumi' no debió jugar contra el FC Barcelona. Si el Levante denuncia como está previsto, hay precedentes que demuestran que saldría ganando.