Las medidas impuestas por el Gobierno tras la declaración del Estado de Alarma para frenar el contagio masivo del coronavirus "no interrumpe los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias", así lo aclaró la Agencia Tributaria en un comunicado oficialla semana pasada.

La cita anual con el fisco se mantiene intacta a pesar de otras alteraciones administrativas que ha provocado la crisis delcoronavirus.A continuación te explicamos las fechas que tienes que tener en cuenta para presentar el IRPF este año:

Plazos oficiales de la renta 2019-2020

La campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio del año 2019 arranca el próximo 1 de abril. Podrás presentar los documentos, debidamente cumplimentados, ante Hacienda hasta el 30 de junio, tal y como aparece en el Boletín Oficial del Estado (BOE)publicado el 19 de marzo.

Los contribuyentes podrán acceder a su borrador y a sus datos fiscales desde el primer día de la campaña de renta. Al igual que el año pasado, se podrá obtener el borrador a través del programa Renta web. Cada persona tendrá que identificarse con certificado electrónico, cl@ve PIN o número de referencia para poder modificar, confirmar y presentar su declaración.

Dadas las circunstancias en las que se encuentra España, las dos primeras semanas de abril aún seguiremos bajo el Estado de Alarma y, por tanto, sometidos al confinamiento. Por eso, la única forma de presentar la declaración de la renta en ese momento será mediante lasede electrónica de la Agencia Tributariao a través de su plan 'Le llamamos' ya que las oficinas permanecen cerradas.

Cita previa para el plan "Le llamamos"

La Agencia Tributaria pone al servicio de los declarantes el plan "Le llamamos". De esta forma, será la Agencia quien llame al contribuyente para asistirle en la confección y presentación de la declaración en los plazos correspondientes.

Si quiere que la Agencia Tributaria le llame para la presentación de su declaración de la Renta, puede concertar previamente la cita, por Internet o en los siguientes números de teléfono: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 / 901 22 33 44 / 91 553 00 71.

Las citas tienen una duración de 15 minutos en horario de 9 a 20:30 horas. Una vez registrado su turno, deberá tener preparada la información necesaria para realizar la declaración cuando le llamen.

Últimos días del calendario del contribuyente

La última semana de junio reúne las fechas límite para la presentación de las declaraciones del ejercicio del 2019. El 25 de junio será el último día para presentar aquellas declaraciones cuyo resultado salga a ingresar en su cuenta.

Asimismo, el día 30 de junio es la fecha límite para presentar todas las declaraciones, ya hayan resultado a ingresar o a devolver.

Novedades en la declaración de la renta

Este 2020, según informa la Agencia Tributaria, el borrador de la declaración presenta una serie de novedades. Una de ellas es que se simplifica la consignación de los inmuebles de los que es titular el contribuyente, ya sea como propietario o usufructuario.

También se simplifica la identificación o ratificación del domicilio fiscal del contribuyente, que figura en un apartado separado del resto de la declaración, y la declaración de rendimientos de actividades económicas de estimación directa.

Cabe recordar que aquellos que hayan percibido rentas iguales o inferiores a 22.000 euros anuales y que cuenten con un solo pagador están exentos de presentar la declaración de la renta; así como aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 1 del Orden HAC/253/2020, publicado en el BOE el pasado 19 de marzo.