Declaración de la Renta

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Agencia Tributaria

Estas son todas las deducciones autonómicas de Madrid para la declaración de la renta de 2025

En total son 23 las deducciones que se pueden incluir en la declaración de la renta los contribuyentes de la Comunidad de Madrid. Desde Gestha recuerdan que sólo el 13% recuerdan atender a estas deducciones.

Una persona revisando el borrador de su declaración de la rentaUna persona revisando el borrador de su declaración de la rentaEuropa Press

Cada año, la misma advertencia: los técnicos de Hacienda siempre recuerdan prestar atención a las deducciones autonómicas a la hora de confeccionar la declaración de la renta. ¿Por qué? Porque menos de un 15% de los contribuyentes las tienen en cuenta, por lo que pierden la posibilidad de aprovechar lo que es un beneficio fiscal al que tienen derecho.

"Las deducciones autonómicas son otro aspecto crucial que puede marcar la diferencia en la cantidad a pagar", señala el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) en un comunicado. Cada comunidad tiene diferentes deducciones y bonificaciones, que se suman a las deducciones estatales, y que en muchas ocasiones acaban siendo "las grandes desconocidas" de los contribuyentes.

Para esta campaña de la renta, por ejemplo, se pueden aplicar un total de 23 deducciones en Madrid, que abarcan desgravaciones fiscales relacionadas con la vivienda hasta otras ligadas a la familia (nacimiento, adopción, acogimiento, gastos educativos...), pasando por beneficios fiscales por préstamos derivados de la realización de estudios universitarios.

  • Por nacimiento o adopción de hijos
  • Por adopción internacional de niños
  • Por acogimiento familiar de menores
  • Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad
  • Por cuidado de ascendientes
  • Por arrendamiento de la vivienda habitual
  • Por gastos derivados del arrendamiento de viviendas
  • Por arrendamiento de viviendas vacías
  • Por donativos a fundaciones y clubes deportivos
  • Por el incremento de los costes de la financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interés
  • Por cambio de residencia a un municipio en riesgo de despoblación
  • Por adquisición de vivienda habitual en municipios en riesgo de despoblación
  • Por gastos educativos
  • Por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad
  • Por el pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes menores de treinta años
  • Por el pago de intereses de préstamos a estudios de Grado, Máster y Doctorado
  • Por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos
  • Por la obtención de la condición de familia numerosa de categoría general o especial
  • Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos
  • Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación
  • Para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años
  • Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil
  • Por inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero