Declaración de la Renta

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Campaña de IRPF

Estos son los casos en los que puedes desgravar el gimnasio en la declaración de la renta 2024/2025

Los contribuyentes pueden aprovechar las muchas deducciones que existen a la hora de presentar la declaración de la renta. Aunque pueda parecer extraño, la cuota del gimnasio es una de ellas.

Un señor corriendo en una cinta en un gimnasioUn señor corriendo en una cinta en un gimnasioWilliam Choquette/Pexels

La campaña de la declaración de la renta ha arrancado, con muchas novedades, alguna crítica y más de una advertencia. Entre ellas, la del sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), que ha informado de que apenas un 13,4% de los contribuyentes aprovecharon las deducciones autonómicas del año fiscal 2022. Para esta campaña, Gestha ha recordado que hay 14 reducciones estatales, 16 deducciones generales y 322 deducciones autonómicas de cara a la Campaña de la Renta 2024, que se extiende durante los meses de abril, mayo y junio.

Entre estas últimas, las más numerosas, hay algunas desconocidas para muchos. No es necesario conocer las más de 300 deducciones autonómicas porque, como su nombre indica, se trata de deducciones que afectan únicamente a los contribuyentes de algunas comunidades. Y en dos de ellas, por ejemplo, es posible desgravarse los gastos en deporte y gimnasios.

Es el caso de Comunidad Valenciana y La Rioja. Los contribuyentes de la primera pueden deducirse el 30% de los gastos relacionados con la práctica del deporte o actividades saludables, con un máximo de 150 euros. En el caso de contribuyentes de más de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 33%, las deducciones pueden alcanzar hasta el 50% del gasto en deporte. Si tienen más de 75 años o un grado de discapacidad igual o superior al 65%, la deducción es del 100%.

Ahora bien, es necesario cumplir otros requisitos: para beneficiarse de esta deducción, la suma de la base liquidable general y del ahorro no puede ser superior a 32.000 euros en tributación individual o a 48.000 en conjunta. Los límites de deducción se aplicarán también a los contribuyentes cuya suma de la base liquidable general y del ahorro sea inferior a 29.000 euros en tributación individual o a 45.000 en conjunta.

En este sentido, es necesario acreditar las adquisiciones de bienes o servicios mediante factura, para poder beneficiarte de las deducciones.

Por su parte, La Rioja permite la deducción también del 30% de los gastos de la unidad familiar relativos al ejercicio físico, aunque con un límite superior: de 300 euros. En el caso de personas de más de 65 años o con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, la deducción es del 100%.

Para poder beneficiarte de esta deducción, es necesario que los servicios deportivos se realicen dentro de la comunidady que estén originados en el periodo impositivo, es decir, en el año fiscal 2024. Eso sí, sólo es posible deducirse los servicios prestados por gimnasios e instalaciones deportivas o por las entidades inscritas en el Registro del Deporte de La Rioja. Están incluidas, no obstante, las clases para la práctica del deporte o la educación física.