En un auto, la juez Mercedes Alaya rechaza el recurso presentado por la defensa de Rivas, que solicitó a la magistrada que anulara la "abultada" fianza civil impuesta, la cual dio lugar a que el Juzgado le embargara una motocicleta, un turismo y una vivienda unifamiliar en Camas (Sevilla), así como las retribuciones, rentas o pensiones que en concepto de prestaciones contributivas perciba del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

La instructora argumenta que, en su recurso, el imputado "parte de una premisa errónea, y es que los hechos que se imputan a Rivas poco tienen que ver con su actuación relativa a la autorización de los ERE, sino con aquella, en forma de compromisos en nombre de la Administración autonómica o de influencias ejercidas, que culminaría en la financiación por parte de la Junta de las prejubilaciones de los trabajadores de ciertas empresas, o en la concesión por mera liberalidad de fondos públicos a amigos, familiares o personas a los que quería favorecer".

Todo ello "mediante la inclusión de los mismos como intrusos o bien mediante la suscripción de pólizas individuales para ellos, pagadas por la Junta", agrega la juez, que asevera que el imputado, en su recurso, "olvida también" que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla "confirmó su imputación" en relación a los expedientes de Calderinox, Surcolor y Aglomerados Morell, "por lo que sólo quedaría su supuesta responsabilidad por la inclusión en la póliza de Intesur" de Ricardo Medina Barrios, José Acevedo López y José Antonio García Prieto, "el cual en 2007 sería nuevamente incluido en otra póliza, la de Samec".

El abogado de Rivas criticó que la juez "ha tenido en cuenta únicamente los argumentos incriminatorios contenidos desde el principio en la imputación judicial, sin considerar ni siquiera ninguno de los argumentos ni de las manifestaciones efectuadas" por el exalto cargo de la Junta, lo cual "tiene relevancia", pues la exigencia de la fianza "parte de la consideración previa de la existencia de indicios racionales de criminalidad" contra Rivas, lo que "en absoluto se comparte a tenor de lo hasta ahora instruido".

De este modo, y según el recurso, "tal y como tuvo ocasión de manifestar" Rivas en el escrito anexo a su declaración, "no hay ningún ERE autorizado por Rivas como delegado de Empleo en el que se hayan incluido trabajadores que no pertenecían a la empresa correspondiente", es decir, "todos los ERE aprobados" por el imputado en su condición de autoridad laboral "lo fueron previo informe favorable de la Inspección de Trabajo, que es quien debe velar por la inexistencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en la tramitación de tales ERE".

"Ninguna irregularidad se ha producido en la tramitación de los ERE, ni ha habido ningún intruso en los mismos", asevera el abogado, que agrega que, en relación a las pólizas de prejubilación, su cliente "nunca ha tenido competencias para aprobar ni conceder ayudas sociolaborales, ni ayudas a empresas, tras la tramitación de ERE, razón por la cual la tramitación de las pólizas a las que se hace referencia en la presente causa son absolutamente ajenas a su responsabilidad".