Las elecciones autonómicas gallegas y vascas son las primeras que se celebran en la nueva normalidad, tras la crisis sanitaria provocada por la Covid-19 y mientras aprendemos a convivir con el coronavirus. Por eso, además de votar por correo de forma presencial, se han implementado nuevas formas de petición del voto como la vía telemática o permitiendo votar desde el domicilio al recibir la documentación.
Lo primero que se debe saber para votar por correo en las elecciones a la Xunta de Galicia es que existen tres pasos: la solicitud del voto (hasta el 2 de julio), la recepción de la documentación necesaria (hasta el 5 de julio) y la formalización o emisión del voto (hasta el 10 de julio, dos días antes de los comicios). Aunque este último plazo varía en caso de votar desde el extranjero, que podrás hacerlo hasta el mismo 12 de julio a las 20:00 horas.
Para solicitar el voto por correo de forma presencial debes presentar tu DNI, pasaporte o permiso de conducción originales en la oficina postal a la que acudas. En caso de no poder asistir de forma presencial por enfermedad o discapacidad acreditada, puedes autorizar a otra persona con un permiso notarial o consular.
Votar por correo es posible hasta el 10 de julio: incluso sin acudir a Correos
Aunque el plazo para solicitar el voto por correo finaliza el 2 de julio, una vez que hayas recibido la documentación, puedes votar hasta el 10 de julio, inclusive. Será en el domicilio indicado en la solicitud donde recibas la documentación necesaria para emitir tu voto en las elecciones autonómicas. Un empleado de Correos llevará las papeletas a tu casa y tendrás que acreditar tu identidad mediante el DNI, el pasaporte o el permiso de conducir. Será ese mismo cartero quien anote el número del documento identificativo y dé fe de la recepción de la documentación necesaria para votar, por lo que no es necesario firmar ningún papel.
Además, una de las novedades de estos comicios es que los sobres electorales cumplimentados se le pueden entregar en ese mismo momento al empleado, que te devuelve el justificante acreditativo. Un gesto que evita que tengas que acudir a una oficina postal para emitir tu voto. Aunque sí se mantiene esa opción y puedes acudir en cualquier momento a Correos como viene siendo habitual para entregar tu voto en persona. Eso sí, dentro de los plazos legales establecidos: hasta el 10 de julio a las 14:00 horas, que es la hora a la que cierran las oficinas de Correos.
Es importante saber que una vez solicitado el voto por correo, no podrás votar en la mesa electoral el día de las elecciones. Debes estar atento para que no se te pase el plazo del que dispones porque sino no podrás votar de ninguna manera.
Así puedes pedir el voto por Internet
Si eliges el voto a través de Internet, es necesario que dispongas de un certificado digital o DNI electrónico, también es necesario tener instalado AutoFirma en el ordenador. Después de completar los datos requeridos, el sistema solicita de forma automática la firma electrónica y, una vez realizada, puedes descargarte una copia de la solicitud. La documentación llegará a su domicilio y la emisión del voto será la anteriormente citada.
Esta opción no puede ser utilizada por los electores residentes en España que se residan de forma temporal en el extranjero, ni por aquellos residentes en el extranjero que hayan solicitado el voto en su país de residencia. A continuación te contamos cómo debes hacerlo en ambos casos.
Si resides en el extranjero puedes votar hasta el 12 de julio
En caso de que en estos momentos residas fuera de España, lo primero que debes saber es que los plazos para solicitar el voto por correo finalizó el 16 de junio. Sin embargo, si ya dispones de la documentación necesaria para emitir tu voto al Parlamento gallego, podrás hacerlo de forma presencial en el Consulado que te corresponda desde el 8 de julio hasta el mismo día de las elecciones (12 de julio) a las 20:00 horas, hora peninsular española.
Resido en el extranjero, pero estoy de visita en Galicia: ¿dónde voto?
Si es tu situación y estás inscrito en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), no podrás votar de forma presencial en las urnas, pero puedes hacerlo por correo de la misma manera que el resto de electores: debes solicitar el voto en una oficina de Correos hasta el 2 de julio. Una vez recibida la documentación, solo tienes que enviar tu voto por correo certificado, la fecha límite es el 10 de julio a las hasta las 14:00 horas.