El escrache es un arma de doble filo, como se encargó de recordar este martes en Al Rojo Vivo el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias. "Hay una cierta costumbre de recibir presión y recibir ataques. Esto no es grave, el problema es que esto se puede generalizar y esto va a terminar ocurriéndole a otros líderes políticos. Hoy es gente de derechas manifestándose en la puerta de mi casa y mañana será gente de izquierdas manifestándose enfrente del apartamento de Ayuso, enfrente de la casa de los Espinosa de los Monteros o enfrente de la casa de Abascal", apuntó. No tardó en contestarle el líder de Vox, Santiago Abascal, que le retó en Twitter: "Ya que prefieres ejercer de matón, como has hecho tantos años, en vez de como vicepresidente de todos los españoles, al menos no mandes sicarios. Ven tú".
En los últimos días, aprovechando la franja horaria establecida por el Gobierno para que los adultos puedan pasear en la fase cero de la desescalada, se han sucedido concentraciones no autorizadas de manifestantes que, portando cacerolas y banderas de España, han protestado por la gestión del Gobierno frente a las viviendas particulares de Iglesias e Irene Montero, ministra de Igualdad, y del titular de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos. El acoso a este último se tradujo en gritos de "asesino y miserable" e improperios como "¡vamos, baja, trabaja un poquito, vago!".
El caso más significativo de escrache domiciliario que llegó a los tribunales españoles fue el que sufrió el 5 de abril de 2013 la entonces vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. Pese a no contar con autorización de la Delegación del Gobierno, miembros de la denominada Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) se concentraron durante veinte minutos frente a la vivienda en Madrid de la número dos del Gobierno de Mariano Rajoy y protestaron contra su política en materia de desahucios con gritos como "Soraya, ¿quién te paga tu casa?", "sí se puede pero no quieren", o "no son suicidios, son asesinatos".
El marido de Sáenz de Santamaría denunció los hechos y aseguró que la protesta le impidió salir a la calle para pasear con su hijo menor de edad y que este rompió a llorar cuando escuchó los gritos por la ventana y tuvo que dirigirse al salón en compañía de su abuela. Pero la denuncia no prosperó. Tanto el juez de primera instancia, Marcelino Sexmero, como la Audiencia Provincial de Madrid consideraron que los hechos no eran constitutivos del delito de coacciones, como defendió la Fiscalía, ni de los de manifestación ilícita, desórdenes públicos y desobediencia a la autoridad, que añadió el denunciante.
La sentencia de la Audiencia de Madrid, de la que fue ponente la magistrada Isabel Valldecabres, argumentaba que, a pesar de celebrarse delante de la casa particular de la vicepresidenta y sin autorización gubernativa, el escrache constituía "un mecanismo ordinario de participación democrática de la sociedad civil" y había que entenderlo como "expresión del pluralismo de los ciudadanos".
José María García y los trabajadores de Sintel
Este planteamiento parte de la doctrina sobre la libertad de expresión que han ido sentando en las últimas décadas el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Consitucional. En 1990 una sentencia de este último organismo estableció, en el marco de un procedimiento iniciado por el expresidente de la Federación Española de Fútbol José Luis Roca contra el periodista deportivo José María García, que "los límites permisibles de la crítica son más amplios si esta se refiere a personas que por dedicarse a actividades públicas están expuestas a un más riguroso control de sus actividades".
En numerosas ocasiones el Constitucional también ha destacado la primacía del derecho de reunión. En 2006, por ejemplo, revocó una orden adoptada tres años antes por el exdelegado del Gobierno en Madrid Francisco Javier Ansuátegui, que había prohibido una manifestación por el centro de la capital a los trabajadores de la empresa Sintel, al considerar que la reiteración en sus protestas constituía en sí misma una alteración del orden público.
En el filo de las coacciones o las amenazas
No obstante, en la sentencia sobre Saénz de Santamaría se dibujaba la fina línea que separa la protesta pacífica del delito de coacciones, que se produce cuando el medio coercitivo utilizado es "adecuado, eficaz y causal" respecto al resultado perseguido. Es decir, cuando existe una relación directa entre "el medio violento" de la protesta y "la lesión en la libertad de actuación" causada al destinatario del escrache. En el caso de la vicepresidenta no se produjo porque los manifestantes en modo alguno impidieron que llevara a cabo "su voluntad política".
Ese delito de coacciones sí lo aplicó la Audiencia Provincial de Barcelona en el caso del escrache que sufrió el 2 de diciembre de 2017 el alcalde de Balsareny, Isidre Viu, de ERC. La resolución sostiene que, aunque "el escrache domiciliario puede tener amparo constitucional como legítimo ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y expresión", algunos de los concentrados sobrepasaron el límite penal al lanzar huevos contra la fachada, quemar banderas esteladas frente a la vivienda y llamar insistentemente al timbre, en el que llegaron a colocar palillos para que no dejara de sonar.
En ocasiones este tipo de protestas también puede acabar con una condena por el delito de amenazas. En octubre pasado la Audiencia de Barcelona impuso una multa a un hombre que había participado en un escrache contra un político de Viladecans porque lo acompañó con expresiones como "cuando te encuentre solo, ya verás" y "basura, te vas a enterar, pericaire, ladrón".