Los conductores en Madrid deben tener precaución si no quieren recibir una multa de 200 euros. En pro de cuidar la calidad del aire, el Ayuntamiendo de Madrid estableció en noviembre de 2018 el llamado Madrid Central, en el distrito centro, una de las medidas estrella del equipo de gobierno de la alcaldesa Manuela Carmena, de Ahora Madrid, para contener la contaminación en la zona.
Hoy en día, todo término municipal de Madrid, delimitado por la M-30 y la M-40, es considerado Zona de Bajas Emisiones (ZBE), y además hay dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP): el antiguo Madrid Central del distrito Centro y la zona de Plaza Elíptica, ambas con limitaciones al tráfico adicionales.
El desarrollo de las ZBE ha sido progresivo, lo mismo que la implantación de reestricciones. La primera prohibición de Madrid Zona de Bajas Emisiones fue efectiva desde el 1 de enero de 2022 y es a partir del 1 de julio de 2024 cuando el Ayuntamiento de Madrid ha empezado a multar con hasta 200 euros a los coches que circulan sin etiqueta ambiental o que figuran con clasificación ambiental A en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
Las ZBE son herramientas eficaces para asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Directivas sobre la calidad del aire ambiente en los entornos urbanos y son importantes para impulsar un cambio en el modelo de movilidad, según afirman desde la Comunidad de Madrid. Los objetivos de las ZBE son los siguientes:
- 1. Mejorar la calidad del aire y la salud de los ciudadanos, al reducirse las emisiones de contaminantes atmosféricos, principalmente óxidos de nitrógeno, así como el ruido.
- 2. Contribuir a la mitigación del cambio climático, al disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero.
- 3. Reducir el consumo de combustibles fósiles, al impulsar la electrificación de los modos de transporte.
- 4. Mejorar calidad de vida urbana, al promover una movilidad más sostenible y aumentar el número de vías peatonales y zonas verdes.
Qué coches no pueden circular por Madrid desde julio de 2024 y cuáles son las excepciones
El objetivo por el que se establecieron las ZBE en Madrid, uno de los aspectos de mayor relevancia recogidos en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, es reducir la contaminación ambiental en la capital y cumplir con los valores límite de dióxido de nitrógeno establecidos por la normativa europea y estatal en materia de calidad del aire: La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
Desde el 1 de julio de 2024, los siguientes coches no pueden circular por la M-30 y M-40 de Madrid. Recibirán una multa grave por importe de 200 euros, de acuerdo con la modificación de Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial:
- Vehículos de gasolina matriculados antes de enero de 2000
- Vehículos diésel matriculados antes de 2006
Se trata de los vehículos turismo a los que la DGT les otorga la clasificación ambiental A, de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno).
No obstante, por ahora esta restricción solo se aplica a los conductores no empadronados en Madrid o que no tengan el vehículo dado de alta en el IVTM. Será a partir del 1 de enero de 2025 cuando tampoco podrán circular por Madrid los vehículos de los residentes en Madrid, independientemente de la fecha de empadronamiento.
En concreto, a partir del 1 de enero de 2025 solo podrán circular los siguientes vehículos con clasificación ambiental A:
- Los vehículos adaptados para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ZBE y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Los vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos conforme a al Reglamento de vehículos históricos.
- Los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y Fuerzas Armadas.
Cómo se controlan los accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones
El control de accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones de los vehículos con clasificación ambiental A tipo turismo, incluidos turismos familiares y todoterrenos, se realiza, sin perjuicio de los controles por agentes de la autoridad, mediante medios técnicos automatizados para el reconocimiento de matrículas y la detección de las infracciones.
Gracias a estos sistemas, ya durante el periodo de aviso, que comenzó en enero de 2022, se enviaron cartas informativas a los infractores para facilitar su adaptación a la nueva normativa. Finalizado dicho periodo el 1 de julio, los accesos no autorizados detectados son denunciados y sancionados
Los medios técnicos utilizados para detectar a los coches infractores son los siguientes:
- 1. Dispositivos foto-rojos: se encuentran en el interior de M-30 y comenzaron a funcionar para el periodo de aviso el 1 de enero de 2022.
- 2. Cámaras con lector OCR del sistema automatizado de control de ZBE: están situadas en el interior de M-30 y en la vía M-30.
¿Por qué se restringe el acceso a los vehículos de clasificación ambiental A o sin distintivo?
Un vehículo con clasificación ambiental A, según su potencial contaminante, emite de media 1,6 veces más de gases que un vehículo con clasificación ambiental B; 7,2 veces más que un vehículo con clasificación ambiental C y 47 veces más que un vehículo con clasificación ambiental ECO, según datos del Ayuntamiento.
En la capital, estaban censados 315.477 vehículos A en 2019, según la Dirección General de Tráfico. Los vehículos sin etiqueta representan el 18% de los recorridos en la capital. De esta última cifra, gracias a las políticas medioambientales emprendidas por el Ayuntamiento (incluido el crédito reservado de 55 millones de euros para la sustitución de vehículos A por CERO, ECO y C por particulares), se espera disminuir su presencia un 92,7% en 2024 y se prevé su desaparición en 2025.
Según estimaciones del Área de Medio Ambiente y Movilidad, el 62% de estos usuarios se trasvasarán previsiblemente al transporte público, lo que supone 92.000 nuevos desplazamientos en este modo de movilidad.
¿Cómo afectan las reestriciones de las ZBE a las motos?
A los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas, ciclomotores) no les afecta esta medida hasta el 31 de diciembre de 2024. No obstante, a partir del 1 de enero de 2025 no podrán circular por las vías públicas urbanas de la ciudad de Madrid.
En definitiva, el avance hacia una movilidad más sostenible en Madrid ha sido constante. Con la implementación completa de las Zonas de Bajas Emisiones a partir del 1 de julio de 2024, se busca no solo reducir la contaminación y mejorar la calidad del aire, sino también transformar la forma en que nos movemos por la capital.