Es probable que, tras los indultos aprobados este martes 22 a los políticos presos catalanes, al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, nadie le recuerde ninguna otra medida de gracia durante sus mandatos. No importa el número, ni la manera, tras la trascendencia histórica de la medida que su Consejo de Ministros acaba de conceder.
Pero este mecanismo legal no es, ni de lejos, extraño entre los papeles e informes que atestan las mesas de trabajo del Ejecutivo español. En lo que Sánchez lleva en la Moncloa -segundo semestre de 2018- y hasta este mismo lunes se han aprobado, en total, 108 indultos.
El Consejo de Ministros ha aprobado 33 medidas de gracia en lo que va de 2021; 28 en 2020; 39 en 2019 y 8 en el segundo semestre de 2018, justo después de acceder Sánchez al Gobierno tras la moción de censura a Mariano Rajoy.
Sánchez concedió 33 medidas de gracia en lo que va de 2021; 28 en 2020; 39 en 2019 y 8 en el segundo semestre de 2018
Así, y en base a los datos oficiales suministrados a laSexta por el Ministerio de Justicia, es fácil establecer un patrón general: el indultado medio en las legislaturas de Pedro Sánchez es un hombre que ha cometido un delito contra el Patrimonio y que aún posee una pena restante en torno a los 3 años de prisión.
Indultos, que no amnistías
Pero, ¿qué es un indulto? Según recoge la RAE, en la acepción más llana del término, más coloquial, un indulto es la gracia que excepcionalmente concede el jefe del Estado, por la cual perdona total o parcialmente una pena o la conmuta por otra más benigna.
El indulto está recogido en nuestra legislación desde el siglo XIX, concretamente, en la Ley de 18 de junio de 1870.
Esto es: una medida excepcional en la que la máxima autoridad del Estado -en nuestro país, el refrendo del Rey, que no es voluntario, tras la aprobación del Consejo de Ministros- perdona el cumplimiento de la pena de un delito, pero no se olvida. No se hace como si no hubiera existido, sólo se deja pasar la responsabilidad penal.
Precisamente, esto lo hace diferente a la amnistía: ni es general -se estudia cada caso particularmente- ni se retrae el estado de la condena. El indultado continúa con los antecedentes en su expediente legal. El proceso está recogido en nuestra legislación desde el siglo XIX, concretamente, en la Ley de 18 de junio de 1870.
Más hombres que mujeres
En nuestro país, la cifra de expedientes de indultos de hombres en términos absolutos es muy superior al de la de mujeres, como también lo es el número de hombres penados frente al de mujeres, según se desprende de los datos de la Estadística de Condenados Adultos por sentencia firme en 2017 y 2018 publicada por el Instituto Nacional de Estadística.
Los indultos de hombres en términos absolutos son muy superiores a los de la de mujeres, como también lo es el número de hombres penados frente al de mujeres
Por ejemplo: de los 33 indultados de este año hasta este lunes en nuestro país, 12 eran mujeres. La tendencia se mantiene en todos los cursos analizados por laSexta.
De igual modo, no existe correspondencia entre el número de solicitudes recibidas en un año y los expedientes resueltos en ese mismo período. Sencillamente, como los hombres delinquen más, tienen mayor probabilidad de poder ser indultados.
Delitos de Patrimonio: estafa, hurto, robos...
Principalmente, Pedro Sánchez ha concedido indultos a los presos que han cometido lo que se denominan delitos del Patrimonio. Fuentes jurídicas puntualizan a esta cadena que, desde que se reagruparan en 2020, dentro de esta categoría se incluyen la estafa, los incendios, contra la propiedad industrial o intelectual, el hurto, la receptación, el robo, la usurpación, las defraudaciones o la apropiación indebida, entre otros.
Delitos contra el Patrimonio incluyen la estafa, los incendios, contra la propiedad industrial o intelectual, el hurto, la receptación, el robo, la usurpación, las defraudaciones o la apropiación indebida
El siguiente tipo de delito que más indulta el Gobierno actual son los relacionados con las drogas. Son los denominados contra la Salud Pública y se refieren a aquellos que al cometerse provocan daños a la salud colectiva y, por consiguiente, afectan negativamente al bienestar general.
Hablamos de tráfico y cultivo de drogas o adulteración de alimentos y bebidas, entre otros.
En datos: en 2020, de los 28 indultados, 17 habían cometido delitos contra el Patrimonio y 1 contra la Salud Pública. En 2019, de los 39 perdonados, 18 habían cometido delitos contra el Patrimonio y 6 contra la Salud Pública.
Qué delitos no indulta este Gobierno
Desde el segundo semestre de 2018, ha habido determinados tipos de delitos que, aunque han sido solicitados, nunca se han indultado por parte del Gobierno de Pedro Sánchez. Destacan, claro, los expedientes que tenían por objeto delitos contra la Violencia de Género y la Violencia doméstica, por ejemplo.
Los Gobiernos de Sánchez jamás han indultado delitos de violencia de género o seguridad vial
Pero no son los únicos: tampoco se ha perdonado a reos en estos tres años de mandato socialista que hubiesen cometido delitos contra la Administración Pública y Justicia, la Hacienda Pública, la Integridad moral o el Orden Público. Tampoco ha habido perdones relativos a la Seguridad Vial.
¿Son obligatorios los indultos?
No siempre se conceden indultos. No es una medida obligatoria y, al ser de gracia, se pueden dar a discreción. Por ejemplo, durante el segundo semestre de 2019, el Ministerio de Justicia no publicó ningún perdón, a pesar de haber recibido 1.862 expedientes.
Durante el segundo semestre de 2019, el Ministerio de Justicia no publicó ningún perdón, a pesar de haber recibido 1.862 expedientes.
Cabe recordar que en aquellos momentos el Gobierno estaba en funciones. Sin embargo, la situación de interinidad no es óbice para la resolución de estas medidas de gracia. La División de Derechos de Gracia y Otros Derechos, correspondiente a la subsecretaría de Justicia del Ministerio homónimo, precisa que “continuaron resolviéndose los expedientes relacionados con los acuerdos desestimatorios de indulto”.
¿Por qué? Pues por estar comprendidos en el “despacho ordinario de los asuntos públicos” que corresponde gestionar a un Gobierno en funciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, puntualizan.
Indultos pandémicos
Un ejemplo de que los indultos son parte del día a día del funcionamiento de la justicia es que durante el estado de alarma se siguieron tramitando. Pero, claro, de todo el semestre de 2020, el mes de abril fue en el que se produjo la menor entrada de documentación. Le siguen los meses de marzo y mayo.
Durante el período del estado de alarma se recibieron 585 solicitudes de indulto
“A pesar de la suspensión generalizada de los plazos administrativos establecida en la disposición adicional tercera el del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, durante ese período se continuó con la tramitación de las solicitudes, de conformidad con la Resolución de la Subsecretaría de Justicia de 20 de marzo de 2020, dictada al amparo del apartado cuarto de la citada Disposición Adicional Tercera del Real decreto 463/2020”, comenta el Ministerio de Justicia.
De este modo, afirman, se pudo seguir prestando el servicio público, si bien con una disminución de las cifras de resolución que se venían manteniendo desde el segundo semestre de 2018. De hecho, durante el período del estado de alarma, se recibieron 585 solicitudes de indulto, 479 expedientes y 587 documentos diversos.
Cómo se pide un indulto
Para iniciar los trámites para un indulto, precisan fuentes del Ministerio de Justicia a esta cadena, el reo ha debido ser condenado por sentencia firme. Da igual el tipo de delito cometido.
El indulto lo puede solicitar el penado o cualquier otra persona en su nombre, incluidos el Tribunal sentenciador, el Tribunal Supremo, el Ministerio Fiscal, el Juez de Vigilancia Penitenciaria y el propio Gobierno.
Para solicitar el indulto será necesario enviar un escrito al ministro de Justicia o el modelo de solicitud en que deberá constar toda la información relativa a la causa judicial y al penado a favor de quien se solicita el indulto (Juzgado o Tribunal que dictó la sentencia, número del mismo, procedimiento o causa y su número, ejecutoria y su número).
Si la persona para la que se solicita el indulto hubiera sido condenada por varios Juzgados o Tribunales, se deberá presentar una solicitud por cada una de las condenas para las que se solicite el indulto.