Gestión de la DANA
La jueza de la DANA rechaza de nuevo interrogar a Carlos Mazón como testigo
Los detalles La magistrada de Catarroja ha denegado la solicitud de una acusación particular de recibir declaración como testigo a Mazón, tal y como rechazó en una resolución anterior.

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La jueza de Catarroja ha denegado la solicitud de la acusación particular para que el presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, declare como testigo en el caso relacionado con las querellas contra el jefe del Consell. Ha explicado que Mazón podría solicitarlo bajo las garantías del artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Además, ha rechazado realizar un reconocimiento aéreo de las zonas afectadas y tomar declaraciones a responsables de la AVSRE, alcaldes y concejales, reservando esta decisión para después de escuchar a víctimas y familiares.
* Resumen supervisado por periodistas.
La jueza de Catarroja ha denegado la solicitud de una acusación particular de recibir declaración como testigo al presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, tal y como rechazó en una resolución anterior a la vista de las querellas y denuncias formuladas contra el jefe del Consell.
En un auto al que ha tenido acceso laSexta, explica que esta decisión la ha tomado "sin perjuicio de que él mismo pudiera solicitarlo, no como testigo, sino al amparo de las garantías propias a que se refiere el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".
Además, ha desestimado la práctica de un reconocimiento aéreo de las zonas afectadas, así como tomar declaración en este momento procesal a responsables de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), de alcaldes y de concejales con competencias en Emergencias y protección civil. La magistrada señala que resolverá sobre esa cuestión "a la vista de las declaraciones de víctimas y familiares".
Respecto a la solicitud de declaración testifical de todos los que participaron, presencial o telemáticamente, en las reuniones del Cecopi, la magistrada ha señalado la imposibilidad en estos momentos de establecer "una programación de todos los señalamientos" ante la falta de un espacio concreto y estable para practicar las declaraciones en la Ciudad de la Justicia de Valencia.
Por otro lado, ha acordado recibir declaración de dos peritos el próximo 9 de mayo. En un segundo auto inadmite la práctica de diversas diligencias solicitadas por la acusación popular de Acció Cultural del País Valencià, como la identificación de números de teléfonos utilizados por los dos investigados y los datos de llamadas de todos los teléfonos móviles de la Generalitat, ya que afectan al secreto de las comunicaciones que "solo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos", como establece el artículo 579.1 de la ley de Enjuiciamiento Criminal.
La magistrada ha desestimado en un tercer auto el recurso de reforma de Liberum contra el auto que admitía la personación del PSOE como acusación popular previa prestación de fianza de 6.000 euros.
En esta misma línea, en un cuarto auto sí ha admitido la personación como acusación popular del partido político Valores, previa consignación de una fianza por el mismo importe que han abonado el resto de acusaciones populares.
El quinto de los autos notificados hoy ha emplazado a la representación legal de un particular a manifestar si este último es familiar de alguno de los fallecidos o lesionados por la DANA para admitir su personación como acusación particular, al tiempo que ha admitido una prueba aportada en su escrito relativa a la suspensión de un acto de entrega de premios el 29 de octubre del pasado año.
En un sexto auto, a petición de una acusación particular, ha acordado oficiar a la Generalitat para que le remita datos relativos al embalse y la presa de Buseo.
Finalmente, en una providencia, la magistrada ha ordenado recabar informes forenses sobre lesiones, daños morales y secuelas psicológicas de diversos lesionados y familiares de fallecidos, y ha acordado la citación de un testigo en una de las piezas de los fallecimientos.