Fuentes parlamentarias apuntan a la posibilidad de que la malformación fetal no se recoja como un nuevo supuesto dentro de la norma del Gobierno, sino que se contemple en el que indica que se puede interrumpir de forma voluntaria un embarazo cuando tenga lugar un grave riesgo para la vida o la salud física o psíquica de la madre. El otro supuesto de la ley abre la puerta al aborto cuando el embarazo sea consecuencia de un delito contra la libertad sexual.

Ese listado de anomalías fetales incompatibles con la vida podría basarse la que en su día elaboró el Comité de Bioética de la Sociedad Española de Ginecología (SEGO) para la Ley del Aborto de 2010, aún vigente, según señalan otras fuentes parlamentarias.

La lista detallará los supuestos en los que la mujer podrá abortar de acuerdo a la ley

Así, este comité entiende por 'anomalía fetal incompatible por la vida' "aquellas que previsiblemente/habitualmente se asocian con la muerte del feto o del recién nacido durante el periodo neonatal, aunque en condiciones excepcionales la supervivencia pueda ser mayor".

En ella se contemplan: la anencefalia, exencefalia o acráneo; la hidranencefalia; la holoprosencefalia alobar; la atresia laríngea o traqueal; la agenesia diafragmática o la renal bilateral; una patología renal bilateral con secuencia Potter y de comienzo precoz; la Ectopia cordis; la Pentalogía de Cantrell; el Síndrome de bandas amnióticas; el Limb-body wall complex; la displasia esquelética letal con hipoplasia torácica y afectación precoz; y algunas cromosomopatías como la trisomía 18, la 13, la 9, o triploidias.

Precisamente, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó el informe que avala en términos generales el anteproyecto de Ley, aunque también sugiere varios cambios como despenalizar el aborto eugenésico y desligarlo del daño psicológico a la madre, así como simplificar los trámites que la gestante debe completar para interrumpir su embarazo legalmente.

El primer debate parlamentario aún no tiene fecha y el calendario se ve afectado por el hecho de que julio sea un mes que la Constitución sitúa fuera del periodo ordinario de sesiones.

Es por ello por lo que, previsiblemente, la presentación de enmiendas de totalidad se produzca en septiembre, lo que supondría congelar dos meses la tramitación del proyecto.

Tampoco está cerrado aún si habrá comparecencias de expertos en la materia durante la tramitación, como suele realizarse con alguna ley. Para la tramitación de la de 2010 se creó una subcomisión especial de estudio en el Congreso.

Según las previsiones, casi todos los grupos parlamentarios presentarían una enmienda de totalidad al texto presentado por el Gobierno, salvo UPN y los diputados de Uniò que en alguna ocasión han manifestado su respaldo a la normativa.