El Tribunal Constitucional (TC) considera que el Supremo vulneró sus derechos al imponerle una inhabilitación para el sufragio pasivo de 45 días, idéntico a la pena de prisión que se le impuso por agredir a un policía en una manifestación contra la reforma educativa del PP en 2014.
Según avanzan fuentes del TC a laSexta, el pleno ha admitido a trámite el recurso presentado por Alberto Rodríguez por siete votos frente a cuatro, con el apoyo de la mayoría progresista,, si bien el magistrado progresista Ramón Sáez ha emitido un voto concurrente. Por su parte, los otros cuatro magistrados, encuadrados en el ala conservadora, han anunciado voto particular.
La corte de garantías ha acogido así la segunda ponencia redactada por la magistrada progresista María Luisa Segoviano sobre el amparo solicitado por Rodríguez frente a la sentencia del TS al entender que durante el proceso judicial se vulneraron sus derechos fundamentales.
El Supremo condenó a Rodríguez a la pena de prisión de un mes y 15 días como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
El alto tribunal sustituyó la pena de prisión por una multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros), si bien aclaró que este reemplazo de la pena principal no afectaba a la pena accesoria, que fue la que finalmente dio lugar a que Rodríguez perdiera su asiento en el Congreso de los Diputados.
En una primera ponencia, que fue analizada el pasado octubre, Segoviano propuso amparar a Rodríguez esgrimiendo que las consecuencias de la condena dictada por el Supremo fueron desproporcionadas porque provocaron que el ex dirigente 'morado' perdiera su puesto en la Cámara Baja.
La mayoría progresista del TC estuvo de acuerdo con Segoviano en la necesidad de amparar a Rodríguez, pero no en los motivos, por lo que la ex presidenta de la Sala de lo Social del TS decidió retirar su texto para ajustarlo al criterio mayoritario.
Así, a este nuevo Pleno ha llevado una segunda ponencia, la finalmente aprobada, donde mantiene su propuesta de amparar a Rodríguez con un razonamiento distinto. En concreto, expone que la operación jurídica que hizo el Supremo fue incorrecta porque al sustituir la pena de cárcel por multa ya no era posible mantener la pena accesoria, esto es, la inhabilitación que propició su salida del Congreso de los Diputados.
Rodríguez también impugnó el acuerdo adoptado el 22 de octubre de 2021 por la presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet, para retirarle el escaño después de que el Supremo le condenara. Sin embargo, el TC no ha entrado ahora en este asunto, que queda pendiente.
Además, el ex diputado 'morado' lleva desde enero de 2022 a la espera de que el TC conteste a una medida cautelar, con la que buscaba que se le devolviera el acta de diputado, que planteó al mismo tiempo que pidió amparo al Constitucional.
Cabe recordar que la Fiscalía del Tribunal Constitucional apoyó amparar al político canario por la retirada del escaño, no así en la impugnación contra el fallo del alto tribunal.