La Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite el recurso de amparo presentado por el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y del eurodiputado de Junts per Catalunya y exconseller, Toni Comín, contra la orden de detención dictada en su contra por el Supremo el pasado 13 de junio, por los delitos de desobediencia y malversación.
La Sala ha tomado esta decisión por dos votos a uno, aprovechando la mayoría conservadora que tienen en esta época estival, en la que la Sala solo consta de tres miembros, por lo que es poco habitual que se tomen decisiones relevantes. Los magistrados que han votado a favor de la inadmisión, y que forman parte de esta Sección de Vacaciones son Concepción Espejel y César Tolosa Tribiño. En contra se ha posicionado la magistrada Laura Díez Bueso, que se ha pronunciado en contra mediante un voto particular muy crítico con la decisión.
En el auto, Espejel y Tolosa apuntan que no existe "violación de un derecho fundamental" que sea objeto de amparo y consideran "necesario resolve"r después de que Puigdemont y Comín pidieroan como medida cautelarísima suspender el Auto del Supremo que ordenada su busca y captura e ingreso en prisión.
Los argumentos del voto particular
Sin embargo, y en su voto en contra, Díaz Bueso expresa en términos muy críticos que la solicitud de medidas cautelares por parte de Puigdemont y Comín no justifica "la necesidad de decidir sobre la admisión de un asunto por parte de la Sala de Vacaciones". La magistrada considera que no hay tal "urgencia" porque ni Puigdemont ni Comín se encuentran en territorio español, "único lugar donde pueden ejecutarse las órdenes de decretadas", y porque ambos se encuentrando desarrollando "sus funciones representativas fuera del territorio nacional".
Díaz Bueso insiste en que la Sala "se ha precipitado innecesariamente" y que el asunto "debió haberse tramitado tras el periodo estival siguiendo el sistema ordinario de reparto y resolución de los asuntos en el Tribunal Constitucional. Por último, la magistrada recuerda que esta decisión se aparta de la práctica habitual de este Tribunal con respecto al procés, "que ha sido siempre su admisión y avocación a Pleno para su posterior resolución".
El juez instructor del 'procés' en el Supremo, el magistrado Pablo Llarena, ordenó la detención del líder independentista al mismo tiempo que acordó procesarle por los delitos de desobediencia y malversación agravada en el marco de la revisión que efectuó tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal que derogó el delito de sedición por el que en un principio de investigaba a Puigdemont. El pasado junio, la Sala de Apelación del Supremo confirmó la decisión de Llarena.
La Fiscalía va a recurrir
La Fiscalía entiende, tal como han confirmado fuentes a laSexta, que no hay urgencia para que resuelva la sala de vacaciones, si precisamente se deniega la medida cautelar. De este modo, se considera que "no es un asunto para que se sustraiga de las decisiones ordinarias del tribunal".
Por otro lado, el plazo para recurrir esta decisión comienza el día 1 de septiembre, ya que agosto se considera un mes inhábil.
Jordi Turull critica la decisión
Tras conocerse la decisión del Constitucional, Jordi Turull, secretario general de Junts y condenado a 12 años de prisión en el marco del procés, ha criticado la decisión con un ácido mensaje en Twitter: "Todo en orden. Hace muchos años que el trabajo del TC es decorar jurídicamente una estrategia de Estado contra el independentismo. Y esa estrategia no cierra por vacaciones", ha escrito.
La decisión del sector conservador del Constitucional llega además en mitad de las negociaciones entre Junts y el PSOE para la investidura de Pedro Sánchez, que necesita los votos de los catalanistas.