El magistrado del Tribunal Supremo Andrés Palomo ha propuesto juzgar al diputado del PP Alberto Casero por los delitos de prevaricación y malversación en relación a presuntas irregularidades en cinco contratos cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018.
Casero, actualmente diputado en el Congreso, ha pedido suspender su militancia en el Partido Popular, aunque se mantendrá en su escaño en la Cámara Baja.
El juez ha dictado un auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, equivalente a procesamiento, en el que da diez días de plazo al fiscal para que solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento.
El magistrado señala que existen indicios de que el órgano de contratación municipal cuando él era alcalde convino con diferentes personas y entidades, contratos de servicio, patrocinio o convenios, incumpliendo todo tipo de formalidad exigida al efecto, por la normativa aplicable en cada caso.
Añade que aunque esta normativa, en alguno de los supuestos, no establecía unos exigentes requisitos de validez, sin embargo, "sí establecía formalidades encaminadas cuando menos a que constara su existencia en el Consistorio mediante la apertura del correspondiente expediente conteniendo la debida resolución por parte del órgano de contratación aprobando el gasto, con justificación de su necesidad y la posterior aportación de la factura correspondiente a los trabajos objeto del contrato".
Para el magistrado, la conducta relatada encaja dentro del delito de prevaricación administrativa y "no solo supone reiteradas y admitidas irregularidades administrativas, sino un modo de proceder del aforado que identifica su voluntarismo al margen de cualquier interpretación con un resquicio de racionalidad del ordenamiento jurídico; con vedadas contrataciones verbales o sin tramitación ni publicidad alguna en los supuestos que la cuantía lo requería, elusión de los mecanismos de control, asunción directa de pagos por la integridad de los servicios que además de periódicos se prestaban a entidad en la que el municipio sólo era una parte; plenamente subsumibles en el ilícito de prevaricación".