El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular contra la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.
En una nota informativa del tribunal de garantías, señala que el Pleno ha acordado dar traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren oportunas.
El PP considera que la ley impugnada vulnera varios preceptos de la Constitución como el derecho a la vida (art. 15), así como los artículos 10.1 y 2, 14, 16, 23, 49, 53.2, 93, 96.1, 168 y 169. El ponente de la sentencia que se dicte será el magistrado Cándido Conde-Pumpido.
Una ley recurrida por PP y Vox
El PP presentó su recurso el pasado 24 de junio, basando su escrito en la infracción del derecho a la vida recogido en el artículo 15 de la Constitución y en el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, así como el principio de seguridad jurídica (art. 9.3 de la Constitución).
Los populares defienden la inconstitucionalidad de la norma "en la medida en que el régimen establecido incumple los deberes positivo y negativo del Estado de proteger la vida y, en particular, de establecer un régimen jurídico que garantice que la decisión ha sido tomada libremente y con plena comprensión de lo que conlleva", así como para "evitar potenciales abusos" y "proteger a las personas vulnerables", todas ellas exigencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en la materia.
También Vox recurrió esta ley. A esta formación el Constitucional le denegó la medida cautelar que perseguía que se suspendiera la entrada en vigor de la ley, que se produjo a finales del mes de junio.
l Grupo Parlamentario Popular sostiene que los expertos no han sido escuchados y que la ley se ha aprobado sin la aportación de la oposición, con la ausencia de informes técnicos, jurídicos, médicos y bioéticos. Y añade que no ha habido audiencia pública, ni una verdadera demanda social que reclame esta ley