Con la tercera dosis, la de refuerzo, extendiéndose entre los colectivos de riesgo y mientras gran parte de los jóvenes españoles han contraído el COVID-19 en las últimas semanas en la oleada generada por la variante ómicron, para cualquier ciudadano que tuviera planeado un viaje al extranjero, gracias al pasaporte COVID, la situación parecía controlada.
Cualquiera podría pensar que si ya le han citado para la tercera dosis y se la han inoculado, está cubierto; o que si ha pasado la enfermedad y ha notificado su positivo, también, gracias a la inmunidad generada por el propio cuerpo.
Pues no: la Unión Europea decidió hace unos días introducir varios cambios en la expedición de este documento, que han pasado desapercibidos y que no suelen comunicarse en los servicios sanitarios.
El positivo, sólo válido si fue con PCR
Las autoridades sanitarias de todos los países europeos, así como las instituciones comunitarias, arguyen una y otra vez que, si has pasado el COVID en los últimos seis meses, podrás viajar con la acreditación de este hecho.
Esa justificación, afirman, sirve como ‘pasaporte COVID’ en los siguientes 180 días (seis meses).
Pero lo que no suele comunicarse es que el pasaporte COVID sólo incluye la inmunidad de haber pasado la enfermedad si el positivo fue detectado mediante una prueba PCR. Si no, nada. Y, además, la recomendación, salvo causa de fuerza mayor, es esperar cinco meses desde que se contrajo el COVID para poder recibir la dosis de recuerdo.
De hecho, depende de cada comunidad autónoma el poder citarte en el caso de que se requiera esa dosis por otros motivos, como el viaje internacional. En principio, se puede recibir tras cuatro semanas según las indicaciones del Ministerio de Sanidad, pero está en manos de cada Consejería el número exacto de días.
Pasaporte COVID con caducidad
Las nuevas reglas aprobadas por la Comisión Europea, que han entrado en vigor el 1 de febrero, han puesto fecha de caducidad a los pasaportes COVID y hacen casi imprescindible inocularse el refuerzo.
El Certificado COVID Digital Europeo (nombre real del conocido como pasaporte y que es diferente al documento que se entrega al usuario en su vacunación, que recoge los detalles del lote del suero, así como la fecha y el profesional que lo llevó a cabo) caduca a los 270 días (9 meses) desde la última dosis de la pauta completa de la primovacunación, por lo que la gran mayoría de los españoles ya lo tiene caducado si se inoculó con su grupo etario.
Porque, ahora, el Certificado COVID Digital Europeo no se regenera automáticamente cuando se realiza algún cambio en la vacunación (la tercera dosis, por ejemplo). En esas situaciones es necesario que el usuario vuelva a solicitarlo (en los registros presenciales o telemáticamente).
Eso sí, de momento, no se ha establecido un periodo máximo de validez para los certificados de vacunación que, además de la pauta completa, cuentan con una dosis de refuerzo.
Si se pasó el COVID antes de la vacuna
Este cambio también implica que las personas con pasaporte COVID que recibieron una dosis de refuerzo tras la pauta completa con una sola dosis de Janssen, o una sola dosis de cualquier vacuna por haber pasado el COVID previo a la vacunación, pasan a codificarse como 2/1 en lugar del 2/2 previo.
La validez de un certificado 2/1, es, por el momento, indefinida, al ser indicativo de una dosis de refuerzo, mientras que la validez de un certificado 2/2 pasa a ser también de 270 días desde la fecha de vacunación.
Además, se ha de tener en cuenta las restricciones propias del país europeo al que se viaje. Por ejemplo,Francia ha endurecido sus normas para los viajes a partir del 15 de febrero.
En el país galo, destino muy demandado entre los turistas españoles, para poder entrar en restaurantes, tiendas o museos, los adultos deben haber recibido la dosis de refuerzo 4 meses después de la segunda dosis, y no sirve la presentación de PCR o antígenos con resultado negativo.
¿Y si no me quiero volver a vacunar?
Si el usuario no se plantea la inoculación de la tercera dosis, tiene dos alternativas para poder entrar en otro país europeo (no así hacer vida en él, dado que eso se rige por las normas internas de cada nación).
De acuerdo a la nueva normativa, habrá que acreditar que se ha pasado el COVID-19 en un período no mayor a los seis meses anteriores -con un certificado documental de PCR- o disponer de un resultado negativo en una prueba PCR realizada hasta 72 horas antes.
La otra opción es un test de antígenos realizado con un máximo de 24 horas antes (cambia la norma, ya que se permitían 48 horas con anterioridad), con certificado documental que lo acredite.