La decisión de cerrar la aplicación Uber sigue a adoptada a principios de este mes, cuando el juez de lo Mercantil número 2 de Madrid ordenó la cesación y prohibición en todo el territorio nacional del denominado sistema Uber.
En un auto con fecha 9 de diciembre, el magistrado acordó estimar las medidas cautelares propuestas por la Asociación Madrileña del Taxi planteada de forma previa a la interposición de una futura demanda contra Uber.
El juez aceptó la medida al constatar que los conductores contratados carecen de autorización administrativa alguna para desarrollar la labor y la actividad que llevan a cabo supone competencia desleal. En la resolución, el juez aclaraba que no se trata de una cuestión de debate filosófico sobre la libertad de mercado en general y la economía cooperativa en particular, sino "una protección cautelar basada en la legalidad vigente".
El juez llegó a esta conclusión porque la ley de competencia desleal determina que cuando se infringen normas que son exigidas para actuar en un mercado, la infracción es en sí misma una acción desleal. La medida cautelar adoptada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid se adoptó sin escuchar a Uber por el daño que se está ocasionando a los titulares del servicio de taxi y porque esta empresa está domiciliada en el paraíso fiscal estadounidense de Delaware.
En la misma resolución se oficiaba ya a las empresas de telecomunicaciones y de pago electrónico para que prohibieran todo tipo de transacciones y alojamiento a Uber. Las compañías aguardaban a recibir el mandato del juzgado, que ha llegado este mismo viernes, por lo que se prevé que en las próximas horas la web de Uber deje ya de estar operativa, informaron fuentes del sector.
En la parte dispositiva, el auto del juez ordenaba este cese, así como la prohibición de cualquier aplicación ('app') o de cualquier otro soporte o sistema tecnológico o informático para prestar el servicio de transporte de viajeros indicado en España.
Además, señalaba que estas medidas se ejecutarían una vez que la parte solicitante prestara en el plazo de tres días siguientes a la notificación de la resolución la caución consistente en aval bancario de tiempo indefinido por importe de 10.000 euros y pagadero al primer requerimiento y se estimara suficiente por el Juzgado.
Por ello, pedía a los prestadores de servicios de información reconocidos en el Registro de Operadores de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones para que suspendieran la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con Uber.
Sin banderas ni responsabilidades
Una marcha silenciosa en honor a las víctimas de la DANA recorre las calles de Paiporta (Valencia)
Ha estado encabezada por una pancarta en la que se podía leer el lema 'Paiporta sempre forta'. Durante el acto se ha guardado un minuto de silencio, se ha leído un manifiesto en homenaje y se ha interpretado el himno de la Comunidad Valenciana.