El juzgado de lo Social número 1 de Palma ha estimado la demanda interpuesta por una trabajadora del Aeropuerto de Palma a la que su compañía, Acciona, prohibió llevar el velo islámico, 'hiyab', ya que considera que existe "vulneración del derecho fundamental a la libertad religiosa".
En la sentencia, se ordena a la empresa al "cese inmediato" de "la actuación contraria" a este derecho fundamental, al restablecimiento de la situación anterior a producirse la lesión, a abonarle un total de 4.491 euros por las retribuciones dejadas de percibir por las distintas sanciones de la empresa y a indemnizarle con 7.892 euros.
Cabe destacar que la empresa Acciona sancionó a la denunciante en distintas ocasiones, entre finales de 2015 y principios de 2016, privándola de empleo y sueldo por no acatar "las normas de uniformidad".
Por su parte, la empleada argumentó que dicha situación alteró "gravemente" su estado "psíquico y emocional". "Durante este tiempo he sufrido un aborto; habiéndome causado todo ello un daño y perjuicio moral irreparable", expuso en el momento de la denuncia.
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