En la semana de la celebración del 8M, llega al Consejo de Ministros el anteproyecto de ley de la libertad sexual, donde se contempla una de las principales reivindicaciones del movimiento feminista: el consentimiento será la clave para determinar una violación y que no dependa de la intimidación y la violencia. Una reforma conocida como "sí es sí"; es el aspecto más conocido de la ley, pero hay más novedades.
Agresión y violación
La nueva ley acaba con la distinción entre abuso y agresión. El proyecto define agresión sexual cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Penado con entre 1 y 4 años de cárcel. La violación se considerará cuando haya habido penetración aunque no haya habido violencia, y será castigado con entre 4 y 10 años de prisión.
Se prevén varios agravantes; por ejemplo, si hay trato degradante o violencia extrema, si es una víctima especialmente vulnerable, o si se trata de un cónyuge, pareja, expareja, u otros parentescos. En el caso de que exista un agravante, la agresión sexual se penaliza con entre 2 y 6 años de cárcel, o entre 7 y 12 años de prisión si es violación.
Penará con hasta 15 años la violación con dos agravantes.
Si concurren dos o más agravantes, se eleva a entre 4 y 7 años de prisión la agresión sexual, y si es violación, a entre 9 años y medio y 15 años de cárcel.
El acoso 'callejero'
Se incluye por primera vez el delito de "acoso ocasional", que considerará como delito "expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas" que pongan a la víctima en una situación "objetivamente humillante, hostil o intimidatoria".
Se castigará así el conocido como acoso 'callejero', situaciones que no tienen por qué darse en vía pública: pueden ocurrir en bares, fiestas privadas, conciertos, establecimientos... Y conllevará penas de localización permanente, trabajos comunitarios o multas para los agresores. El Ministerio de Igualdad ha explicado que hasta ahora solo estaban penadas estas situaciones en el ámbito de la violencia doméstica, esto es, entre familiares, pareja o expareja.
Por primera vez se incluye el delito de "acoso ocasional" que pongan a la víctima en una situación "humillante".
Desde el Ministerio de Igualdad se insiste también en la prevención, otra de las apuestas de esta ley, y se harán campañas dirigidas especialmente a hombres y adolescentes. También se quiere equiparar la protección a las víctimas de violencia sexual con la que tienen las víctimas de violencia machista.
La ministra Irene Montero ha destacado que esta reforma ya que ahora "no vamos a tener que demostrar el sometimiento, es una protección frente a agresiones". "Esta sociedad -ha añadido- no tolera agresiones machistas".
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