Aparcar en Madrid es (cada vez más) un juego de colores. La zona verde está cada vez más presente en las aceras de la capital. En lo últimos cuatro años, se ha pintado la línea verde en Valdezarza (distrito de Moncloa-Aravaca); Puerta del Ángel y Los Cármenes (distrito de Latina); Ventas, Colina, San Pascual, Quintana, Pueblo Nuevo, Concepción, San Juan Bautista y Atalaya (Ciudad Lineal); San Isidro (Carabanchel), y Moscardó (Usera), según datos del Ayuntamiento.

Este Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) se implanta en barrios de la ciudad con problemas de estacionamiento verificados por el Ayuntamiento de Madrid. No sin antes ser consultado por los vecinos de la zona.

Qué es la línea verde

La diferencia principal entre la zona azul y la zona verde de Madrid es el tiempo. La azul ofrece a los residentes y visitantes, plazas de alta rotación en las que todo el mundo puede estacionar por un tiempo máximo de 4 horas.

En cambio, la verde está diseñada especialmente para que los residentes puedan estacionar durante un largo período de tiempo aunque también pueden aparcar no residentes y visitantes por un máximo de 2 horas. Una vez finalizado el tiempo establecido, el conductor no podrá volver a aparcar en la zona hasta dentro de una hora desde el fin del tiempo que se marcó previamente. Es importante destacar que los residentes necesitan un distintivo para poder aparcar allí, de lo contrario, serán considerados no residentes.

El distintivo de la zona verde

Para poder optar a estas plazas hay que cumplir una serie de requisitos. El principal es estar empadronado en un domicilio ubicado en un Barrio del Área del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).

  • Disponer de un vehículo en titularidad, renting, leasing, retribución en especie o usufructo.
  • Si su vehículo es de nueva adquisición, deberá esperar a obtener el distintivo medioambiental necesario para su estacionamiento en zona SER.
  • El vehículo, que deberá ser turismo, pick-up, furgoneta y autocaravana de hasta 3.500 kg de MMA, derivado de turismo o vehículo mixto adaptable, tiene que estar de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid. Es decir, hasta que el citado vehículo no esté de alta en el IVTM, y por tanto, domiciliado en Madrid, no podrá obtenerse la autorización SER, salvo en los supuestos de tramitación por adquisición de vehículo o de cambio de domiciliación del vehículo al municipio de Madrid. Este requisito no será exigible en el caso de que el vehículo figure en la Dirección General de Tráfico a nombre de una persona jurídica y ésta no tenga en el Municipio de Madrid su domicilio legal.
  • No ser titular de plaza de aparcamiento para residentes (PAR), y en caso de serlo, cumplir supuesto de excepción.
Para contar con la autorización de estas plazas hay que pagar una tarifa:
  • Tasa anual: 24,60 euros tarifa base
  • Tasa mensual (por mes o fracción): 2,05 euros tarifa base.

Horario de la zona verde

Las normas de la zona verde están vigentes de lunes a viernes, no festivos, de 9 a 21 horas, y sábados de 9 a 15 horas.