Tribunales

Violación de La Manada: Prenda y Escudero consiguen una rebaja de la pena de prisión de 15 a 14 años

Los detalles Se trata de la tercera rebaja de la pena de prisión por la violación grupal en San Fernín. Antes, en julio de 2024, el Supremo había confirmado la rebaja de la pena para Ángel Boza, otro de los miembros de La Manada.

Los miembros de 'La Manada' en el juicio por el caso de PozoblancoLos miembros de 'La Manada' Agencia EFE

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha rebajado de 15 a 14 años de prisión la pena a dos de los cinco condenados de La Manada por la violación grupal perpetrada en los Sanfermines de 2016 en Pamplona, en aplicación de la conocida como ley del sí es sí. Se trata de José Ángel Prenda y Jesús Escudero.

La Sección Segunda de la Audiencia considera "jurídicamente obligado" seguir la doctrina del Tribunal Supremo, que en julio de 2024 confirmó la reducción de un año acordada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en septiembre de 2023 al único de los cinco condenados que lo había solicitado, Ángel Boza.

Como sostuvo el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el propio Tribunal Supremo había señalado en su sentencia sobre la violación grupal que imponía una condena de 15 años, "próxima" o "cercana" al mínimo legal, unos mínimos que la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, rebajó "sensiblemente.

Así, según explicó el TSJN, y avaló el Supremo, la pena máxima continuaba inalterada, pero la mínima descendía 1 año y 3 meses, pasando de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. En consecuencia, los 15 años de prisión impuestos a los condenados quedaban 2 años por encima del mínimo posible. Por este motivo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, con un voto particular discrepante, rebajó la pena de 15 a 14.

Tras ratificar el Supremo esa resolución en julio de 2024, a principios de este mes el abogado defensor de Prenda y de Escudero interpuso sendos recursos de revisión.

Tanto la acusación particular, ejercida por la víctima, como las acciones populares —el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona— se opusieron a las reducciones solicitadas. En sus resoluciones, la Sección Segunda de la Audiencia reproduce la argumentación expuesta tanto por el TSJN como por el Supremo para estimar los recursos de los penados.

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